Crónicas de un país anormal

Acusación constitucional contra Piñera y los antecedentes en la historia

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El Presidente Arturo Alessandri concedió poderes monárquicos a los jefes de Estado, sólo homologables a las monarquías borbónicas: en Chile, el Presidente de la República es copulativamente jefe de Estado, jefe de Gobierno, jefe de la combinación política que lo apoya y jefe de las Fuerzas Armadas.

 

Según Alessandri, impuso su ilegítima Constitución por fuerza del golpe oratorio del inspector del ejército, Mariano Navarrete, ratificado por un referendo en que no respetó el secreto del voto. Para dejar tranquilos a los partidos políticos que estaban por el parlamentarismo, desde los conservadores hasta los comunistas, definió el rol de la Cámara de Diputados como un organismo fiscalizador.

 

En todas las Constituciones de la República de Chile, la acusación constitucional tanto al Presidente de la República como a sus ministros ha formado parte fundamental de la institucionalidad. El pacto social chileno, desde siempre, incluye la independencia de poderes, los pesos y los contrapesos: si alguno de los poderes del Estado avasallara a otro estaríamos en plena dictadura.

 

La acusación a los Presidentes tiene como antecedente los denominados juicios de residencia, que se aplicaban durante la colonia con respecto a los gobernadores.




 

No es verídico que las causales de acusación constitucional a los funcionarios del Estado se basen en causales de delito: a mi modo de ver, la acusación constitucional es política, y la oposición la usó como tal para obligar al Presidente a cambiar un ministro o al conjunto del gabinete. Así lo tuvo que hacer Gabriel González Videla, luego de la “huelga de la chaucha”, en la cual reemplazó el gabinete de concentración nacional, (radicales, liberales y conservadores), por el de sensibilidad social, (radicales, conservadores socialcristianos y falangistas).

 

La derecha, durante el gobierno de la Unidad Popular, intentó imitar el método empleado por la mayoría parlamentaria en contra de Gabriel González Videla, pero no le resultó, pues Salvador Allende sorteó la situación gracias a los enroques. Si actualmente se acusara a uno o a varios ministros, incluso a todo el gabinete, sería legítimo y, además, la derecha, carecería de todo argumento moral, pues lo empleó contra Allende, (baste recordar la estrategia de los mariscales rusos, publicitada por Claudio Orrego Vicuña).

 

Si ahora hubiese existido un sistema político semipresidencial, en el cual el Primer Ministro es el fusible, hubiera bastado derrocar al Primer Ministro y su gabinete, y con sólo el cambio de la mayoría parlamentaria caería el gabinete.

 

 

La derecha no entiende nada de política, pues realiza una separación rotunda entre lo social y lo político, (está claro que usan esta división política y social para engañar a los ciudadanos, a quienes consideran tontos y analfabetos políticos).

 

Una Constitución no es otra cosa que un conjunto de normas y reglas de convivencia, (desde el siglo XVIII se habla de un pacto social), por consiguiente, la única forma de institucionalizar el diálogo entre la sociedad civil y el poder político es a través de una Constitución que, en el caso chileno, la ciudadanía ha estado siempre ausente: todas las Constituciones, a partir de 1833, han sido ilegítimas en su origen, (cosa distinta es el ejercicio).

 

Si el Presidente de la República no fuera tan atrabiliario, y si al menos hubiera leído un libro de historia o sobre ciencia política sabría, perfectamente, que en todos los casos de crisis sociales agudas la salida óptima es llamar a elecciones o a plebiscitos, (estos últimos no están contemplados en la Constitución de 1980).

 

En Chile, ningún Presidente-monarca ha sido acusado constitucionalmente durante el ejercicio del poder. Manuel Montt, Carlos Ibáñez del Campo, Arturo Alessandri Palma y Augusto Pinochet Ugarte han sido acusados constitucionalmente, pero después de su mandato, el único de entre ellos, en que el senado aprobó la acusación fue la del ex dictador Carlos Ibáñez del Campo en el exilio, en Argentina.

 

Manuel Montt Torres, en ese entonces presidente de la Corte Suprema, junto a los ministros José Gabriel Palma, (familiar de Alessandri), José Miguel Barriga y José Alejo Valenzuela, fueron acusados de faltar gravemente a sus deberes. Para el historiador Francisco Antonio Encina, admirador del tirano Montt, la acusación fue una venganza del senador Federico Errázuriz Zañartu contra Montt. Quien encabezó la acusación fue el diputado Vicente Sanfuentes, quien expreso: “la mayor parte de los tiranos que han existido han tenido el valor y decir abiertamente a la faz de todos: ´somos tiranos…pero Montt, ese tirano miserable e hipócrita torció inicuamente las leyes para cometer atrocidades a su sombra´” (Brian Loveman, Elizabeth Lira, 1999: 194). 

 

La defensa de Manuel Montt fue asumida por Antonio Varas, quien acusó al diputado Sanfuentes de haber despertado odio y avivado rencores. Finalmente, el senado rechazó la acusación contra los ministros de la Corte Suprema.

 

El dictador Carlos Ibáñez, a diferencia de Augusto Pinochet, no era ladrón, y vivió su exilio en Buenos Aires, muy austeramente.

 

La caída de Ibáñez en junio de 1931 provocó una violenta reacción civilista, y los militares y carabineros no se atrevían a salir a la calle, y los estudiantes de la Universidad Católica y de Chile dirigían en tránsito.

 

Después de la caída de Ibáñez se formó una comisión investigadora sobre los crímenes de la dictadura, y el 18 de agosto de 1931 se inició el libelo acusatorio contra Ibáñez: en el primer capítulo se le acusaba de haber tomado preso, desterrado y relegado a políticos como Manuel Rivas Vicuña, Rafael Luis Gumucio Vergara, Pedro León Ugalde, Santiago Labarca, Ramón Alzamora, Carlos Contreras Labarca, Eulogio Rojas Mery, entre otros.

 

Ibáñez se defendió por medio de un telegrama, desde Buenos Aires, en el cual explicaba que había actuado autoritariamente sobre la base de una situación caótica en que vivía el país; también se dirigió a sus acusadores, enrostrándoles que a él debían sus cargos en el Congreso. (diputados y senadores habían sido nominados en el parlamento construido en las Termas de Chillán).

 

Como ironía de la historia el más violento acusador fue el diputado radical Gabriel González Videla que, si recordamos, había sido nombrado por Ibáñez, quien dijo: “yo me he hecho responsable ante el pueblo victorioso, frente a este Congreso, a entablar la acusación constitucional contra todos y cada uno de los responsables de los delitos cometidos por la dictadura…” (op.cit: 281).

 

La acusación fue aprobada por la Cámara de Diputados, por 62 votos, 3 por la negativa, y 5 abstenciones, con fecha del 2 de septiembre de 1931. El Senado ratificó la acusación de la Cámara de Diputados enviando el dossier a los Tribunales de Justicia. Posteriormente, el Presidente de la República, Juan Esteban Montero, amnistió a todos los acusados que habían colaborado con la dictadura, incluyendo a Carlos Ibáñez.

 

(En el próximo artículo seguiremos analizando acusaciones constitucionales contra Arturo Alessandri Palma, (1939). por la masacre del Seguro Obrero, y contra Augusto Pinochet, (1998), por los “ejercicios de enlace” y “el boinazo).

 

 

Rafael Luis Gumucio Rivas (El Viejo)

30/10/2019

Bibliografía:

Brian, Loveman, Elizabeth, Lira, Las suaves cenizas del olvido. Vía chilena a la reconciliación política, 1814-1932, LOM, 1999

Carlos, Vicuña Fuentes, La tiranía en Chile, LOM, 2000

Francisco Antonio, Encina, y Leopoldo Castedo, Resumen de la historia de Chile, Zig-Zag, 1953

Arturo, Alessandri Palma, Recuerdos de gobierno, Nacimiento, 1962

Manuel, Rivas Vicuña, Historia política parlamentaria, Biblioteca Nacional      

 

                

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