Medio Ambiente

Coordinadora Ciudadana No Alto Maipo denuncia ante la ONU los peligros del Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo

Este lunes 9 de marzo, Marcela Mella, vocera de la Coordinadora Ciudadana No Alto Maipo (CCNAM), denunció ante el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR), en el Palacio Wilson, Ginebra, Suiza, las diferentes violaciones a los derechos humanos provocadas por la realización del Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo.

 

El Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo es un proyecto caracterizado como central de pasada de gran escala, ubicado en el Cajón del Maipo, a 50 kilómetros de Santiago, Chile.

“Nuestra organización tiene un enfoque específico sobre el proyecto Alto Maipo, debido a sus impactos negativos para los derechos de las comunidades circundantes. No obstante, es evidente que las externalidades negativas de las hidroeléctricas y de otros proyectos de infraestructura energética se sienten en todo el país. El bloqueo y represamiento de los ríos, la extracción y quema de carbón, y la construcción y operación de otros proyectos energéticos de gran escala para abastecer de energía a proyectos y procesos mineros, tienen como consecuencia exacerbar el cambio climático, además de magnificar las sequías, la desertificación, el agrietamiento de los glaciares y la destrucción de los ecosistemas. Todos estos impactos tienen graves consecuencias para los derechos económicos, sociales y culturales de los chilenos, como expondré a continuación”, denuncia Marcela Mella ante el Comité.

Durante su exposición, la vocera del CCNAM llama la atención en particular sobre los varios derechos que serían violados con la realización del proyecto hidroeléctrico Alto Maipo.

En particular, Marcela Mella llama la atención sobre 8 derechos fundamentales:




  1. El derecho al agua: El proyecto Alto Maipo interviene severamente el sistema hidrológico de la cuenca del Río Maipo. Se prevé que el proyecto reducirá los caudales naturales de sus principales afluentes de 60 a 90%, poniendo en riesgo el abastecimiento de agua potable de la que dependen más de siete millones de personas que viven en la capital, Santiago, y la Región Metropolitana circundante.
  2. Los derechos a la vida y a la salud: Como ha señalado este Comité, el agua es esencial para la vida y la salud. Al amenazar el acceso al agua, este proyecto también pone en peligro estos derechos fundamentales.
  3. El derecho a la alimentación: La cuenca del Río Maipo proporciona agua de riego para más de 120,000 hectáreas de tierras de cultivo. La desviación de esta gran cantidad de agua paralizará la agricultura de la región, socavando el derecho a la alimentación.
  4. El derecho al trabajo: El Cajón del Maipo es una de las zonas turísticas y recreativas más importantes de Chile. La desviación de sus ríos devastará los medios de vida de los residentes de esta área, destruyendo una economía basada por décadas en el turismo.
  5. El derecho a trabajar en condiciones adecuadas: Desde que comenzó la construcción del proyecto, el sindicato de trabajadores ha denunciado constantemente las medidas de seguridad insuficientes para quienes trabajan dentro de los túneles del proyecto. Estas condiciones peligrosas han provocado varias lesiones e incluso dos muertes.
  6. El derecho a una vivienda adecuada: La construcción de un embalse para el proyecto ha afectado gravemente al pueblo de El Alfalfal, que desde hace años se encuentra rodeado completamente por un muro alto perimetral. Los residentes viven en medio de un sitio de construcción, con acceso cada vez más limitado a sus propios hogares.
  7. Los derechos culturales: Alto Maipo amenaza los monumentos naturales, santuarios de la naturaleza y zonas de patrimonio protegido del Cajón del Maipo, incluidos numerosos sitios de interés arqueológico y paleontológico que podrían perderse para siempre.
  8. El derecho a un ambiente sano: El proyecto tiene el potencial de disminuir las precipitaciones, agravando la mega sequía que Chile ha experimentado durante más de una década. Esto contribuye al proceso de desertificación, impide la recarga de los acuíferos e incrementa el agrietamiento de los glaciares circundantes, exacerbando los impactos del cambio climático.

“Cabe destacar que las comunidades afectadas cuestionan la designación de Alto Maipo como un proyecto del Mecanismo de Desarrollo Limpio (“CDM”) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático[1]  en vista de la magnitud de los impactos dañinos de Alto Maipo para el medio ambiente, así como su potencial para exacerbar el cambio climático”, sigue la vocera del CCNAM.

“Sin duda plantea serias preocupaciones, el hecho de que los sistemas de comercio de carbono, establecidos por la Convención Marco de las Naciones Unidas, no hayan tomado en cuenta el destructivo legado de las instituciones financieras de desarrollo. Por esta razón, instamos al Comité a que incluya el tema de los impactos negativos de los proyectos de desarrollo en Chile, y que haga referencia específicamente al proyecto Alto Maipo como ejemplo paradigmático de una amplia gama de violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales en juego en tales contextos”, concluye Marcela Mella.

 

El Proyecto No Alto Maipo.

El Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo (PHAM) es un proyecto caracterizado como central de pasada de gran escala ubicado en el Cajón del Maipo, aproximadamente a 50 kilómetros de Santiago, Chile. Consiste el proyecto en desviar y capturar la mayor parte de las aguas de los ríos Yeso, Volcán y Colorado – principales afluentes del Río Maipo – para conducirlas a través de un sistema de 70 kilómetros de túneles perforados a través de las montañas, hasta dos cavernas de máquinas donde estarían instaladas las turbinas y generadores eléctricos. Este desvío de aguas significa restarle esta gran cantidad de agua al valle del río Maipo por más de 100 kilómetros.

El PHAM está impactando dramáticamente la cuenca del Río Maipo, así como los acuíferos en el área afectada, poniendo en riesgo el acceso al agua potable no solamente de los habitantes del Cajón del Maipo sino también de los 7 millones de personas que viven en la Región Metropolitana de Santiago. La construcción del PHAM está afectando además el ambiente de forma irreversible, con severas consecuencias para la salud, las formas y calidad de vida, los derechos económicos, sociales y culturales de las comunidades.

El PHAM ha recibido financiamiento de dos bancos multilaterales, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Corporación Financiera Internacional (IFC) del Banco Mundial, así como de la Overseas Private Investment Corporation (OPIC) del gobierno estadounidense.

Adicionalmente el proyecto cuenta con créditos de la banca comercial nacional e internacional: Corpbanca, Banco de Crédito e Inversiones, Banco Itaú Chile, Banco del Estado de Chile, KfW Ipex-Bank (Alemania), y DNB Bank ASA (Noruega)[2].

 

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR, por sus siglas en inglés) es un órgano compuesto de 18 expertos independientes que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales por sus Estados partes.

El Comité se creó en virtud de la Resolución ECOSOC 1985/17* del 28 de mayo de 1985 para llevar a cabo las funciones de seguimiento asignadas al Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) en la Parte IV del Pacto.

Todos los Estados partes están obligados a presentar informes periódicos al Comité sobre cómo se aplican los derechos. Los Estados deben informar inicialmente en un plazo de dos años tras adherirse al Pacto y posteriormente cada cinco años. El Comité examina cada informe y expone sus inquietudes y recomendaciones al Estado parte en forma de “observaciones finales.”

Además del procedimiento de presentación de informes, existe el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que entró en vigor el 5 de mayo de 2013, y que otorga al Comité la facultad de recibir y examinar las comunicaciones de personas que denuncian la violación de derechos amparados por el Pacto. El Comité puede también, en determinadas circunstancias, llevar a cabo investigaciones sobre vulneraciones graves o sistemáticas de cualquier derecho económico, social o cultural enunciado en el Pacto y examinar las denuncias entre Estados.

El Comité se reúne en Ginebra y habitualmente celebra dos periodos de sesiones al año, que consisten en una sesión plenaria de tres semanas y en un grupo de trabajo previo de una semana.

El Comité publica también su interpretación de las disposiciones del Pacto, conocida como observaciones generales[3].

 

Por Elena Rusca (en Ginebra)

 

[1] https://cdm.unfccc.int/Projects/Validation/DB/2CB7GPPZM1GN0OG90BPS2R3LL4O5LR/view.html. UNFCCC CDM, Alto Maipo Hydroelectric Project.

[2] Desde el Informe Paralelo Presentado por: La Coordinadora Ciudadana No Alto Maipo, Ecosistemas y El Centro para el Derecho Ambiental Internacional (CIEL) al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, con motivo de la consideración de la Lista de Cuestiones relativa al Quinto Informe Periódico de Chile durante el Sexagésimo Sexto Grupo de Trabajo de la Pre-Sesión, 9 – 13 de marzo de 2020.

[3] https://www.ohchr.org/SP/HRBodies/CESCR/Pages/CESCRIntro.aspx, consultado el 9.03.2020 a las 16.30.



El Clarín de Chile

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