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La discusión que viene: ¿Parlamentarismo o Presidencialismo?

Rara vez  mencionado, pero es vital…se trata del  tema básico sobre el que debería descansar una nueva Constitución Política del Estado

 

La dura realidad señala que los problemas socioeconómicos y políticos  nunca resueltos por el capitalismo, obligan a los pueblos de América Latina a procurar un cambio significativo en sus sistemas de gobierno. El caso de Chile podría ser paradigmático para varios países de la región, al menos así lo señala la Historia de los últimos ciento cincuenta años.

Con el triunfo de los conservadores en la guerra civil del año 1891, y el suicidio de José Manuel Balmaceda, se inició en Chile una etapa conocida como “la República Parlamentaria”, cuya duración fue exactamente de treinta y cuatro años (1891-1925). En ese período campeó a voluntad la oligarquía terrateniente y minera, pero ella no se molestó en redactar una nueva carta magna, ya que sin siquiera sonrojarse el nuevo régimen continuó aceptando y utilizando la Constitución de 1833,  aunque realizó con ella (o en ella, mejor dicho) una movida que en ajedrez se conoce como ‘enroque’. Traspasó al Parlamento casi todas las garantías y atribuciones que tuvieron constitucionalmente los distintos Presidentes que habían gobernado el país hasta septiembre de 1891.

Es cierto que el régimen parlamentarista habido a finales del siglo diecinueve, y primer cuarto del siglo veinte, se caracterizó por las prácticas de conciliación al interior de ambas cámaras dominadas por quienes podríamos calificar como “primos hermanos’ políticos (conservadores y liberales), lo que a juicio del historiador Gabriel Salazar produjo una “paz oligárquica” que evitó conflictos exteriores y guerras civiles. Obviamente, se trató de una especie de ‘consenso oligárquico determinado por los poderosos, sin considerar al resto de los actores sociales, tal como lo expresó Eliodoro Matte Pérez el año 1892, al afirmar públicamente que “los dueños de Chile somos nosotros, los dueños del capital y del suelo; lo demás es masa influenciable y vendible; ella no pesa ni como opinión ni como prestigio”.

Durante más de treinta años el parlamentarismo estuvo representado exclusivamente por las élites latifundistas y mineras, con graves y dolorosas consecuencias para el resto de los actores sociales, muy en especial para trabajadores de las salitreras, de los puertos y del agro, aunque permitió –por necesidades inherentes al desarrollo interno del país- el surgimiento de un nuevo actor social que se apoderó del trabajo administrativo y burocrático de oficinas y ministerios: la clase media.




Pero, en 1925 regresó el Presidencialismo de la mano de una nueva y vigorosa Constitución Política impulsada por Arturo Alessandri Palma, otrora miembro activo del parlamentarismo y enemigo de Balmaceda. A partir de sus dos  administraciones (1920-1925, y luego 1932-1938), comenzamos a conocer los atributos y defectos del régimen presidencialista, el que logró alzar a la primera magistratura de la nación a niveles tan exagerados como, por ejemplo, permitirle a los mandatarios contar con atribuciones legislativas que superan  las del Congreso Nacional, con lo cual se le adosó  un mentís a la tan voceada independencia de los poderes del estado, ya que quedó establecido que uno de ellos estaba por encima del resto.

Sin embargo, el régimen presidencialista  nunca ha podido corregir sus propias deficiencias y distorsiones, las cuales conspiran contra la capacidad del sistema democrático para resolver de mejor manera y a tiempo ciertas graves encrucijadas. Este sistema tiende a horadar la igualdad y la participación en el manejo administrativo de una nación, ya que pareciera concentrar gran parte del poder en manos de una sola persona, la cual, como bien sabemos, ha sido elevada a ese umbral político por una tienda partidista manejada, preferentemente, por cinco seis personas que se mantienen en tales cargos durante décadas. Hay, en definitiva, un inmovilismo político que aterra…y que asfixia. Parecido, a no dudar, del inmovilismo social y político que Chile conoció durante la “República Parlamentaria”, asunto que ya relatáramos  líneas atrás.

En su trabajo académico, “Presidencialismo y el Poder Presidencial en el proceso legislativo chileno”, el profesor e investigador Alan Bronfman Vargas, expuso lo siguiente: <<La tendencia mayoritaria del presidencialismo (chileno) deriva del carácter unipersonal de la magistratura presidencial, que propicia que solo una doctrina, ideología o partido político disponga de un conjunto de herramientas privilegiadas para adoptar decisiones que afectan a toda la sociedad. El problema estriba en que la doctrina, ideología o partido político que encarna el Presidente puede ser minoritario en la sociedad y en la Asamblea y, por lo mismo, el Presidente puede ser incapaz de promover con éxito los cambios comprometidos en su programa de gobierno y que le permitieron acceder al poder. Esta situación genera una tensión institucional de envergadura, pues enfrenta a un Presidente que goza de una legitimidad democrática con una Asamblea que no quiere renunciar a su representación popular y ni a la defensa de sus propios intereses políticos y electorales>>

Es un hecho que en Chile, al  igual que en toda la América latina, el régimen presidencial ha permitido la intrusión del caudillismo y de los cacicazgos a través de la acción de una sola persona a la cual se le entrega un cúmulo de potestades que van mucho más allá del trabajo de un jefe de estado, alcanzando niveles cercanos a las facultades esgrimidas por una especie de monarca que rige y dirige las voluntades de los habitantes de un país.

Entonces, ¿quién, puestamente, representa mejor al electorado? ¿El Presidente o el Parlamento? ¿Con cuál de ellos hay mayor certeza de justicia social y de mejores posibilidades para que el pueblo tenga representantes de piel y fuste en la administración de la nación?

Bicameral, unicameral, con o sin poder revocatorio, con o sin Ombudsman (Defensor del Pueblo),  con o sin  Tribunal Constitucional…son los componentes básicos del nuevo tipo de gobierno que Chile deberá discutir.

Los expertos, los constitucionalistas y los dirigentes de allá y de acullá deberán poner sobre la mesa estas cuestiones que necesariamente formarán parte de la discusión nacional para la redacción de un nuevo texto, de una nueva carta magna. No es fácil, no es simple…pero es imprescindible hacerlo. La palabra la tiene el pueblo…pero informado.

 

Por Arturo Alejandro Muñoz

 

 



El Clarín de Chile

Ver comentarios

  • esta claro que debemos tener un parlamentarismo . es atroz que un tipo con el nombre de presidente tenga tanto prerrogativas.....chao..

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