Poder y Política

Con los votos de la exconcertación y el Frente Amplio aprueba el Senado el proyecto de Piñera de retiro de fondos

Luego de una extensa jornada, la Sala del Senado dio luz verde con los votos de la exconcertación y el representante del Frente Amplio al proyecto iniciado en mensaje, que establece un retiro único y extraordinario de fondos previsionales en las condiciones que indica. Con este resultado, las diputadas y diputados deberán conocer el texto que fue modificado por los integrantes de las comisiones unidas de Hacienda, y Trabajo y Previsión Social del Senado.

 

En reiteradas oportunidades, los congresistas explicaron las razones para respaldar o no la propuesta del Ejecutivo, comparándola con aquella formalizada en una reforma constitucional, la que más temprano fue rechazada por la Sala.

 

Durante la revisión de las indicaciones, se analizó la pertinencia de concentrar en un único pago la entrega del retiro y el interés de evitar que el citado rescate sea considerado renta, es decir, pague impuestos. Ambas ideas no prosperaron.

PROYECTO

Excepcionalmente, y en el contexto de la crisis sanitaria producida con ocasión del COVID-19, autorízase a los afiliados del sistema privado de pensiones a realizar de forma voluntaria un retiro por hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias.

 

En cualquier caso, dicho retiro no podrá exceder de 150 Unidades de Fomento, ni ser inferior a 35 Unidades de Fomento (entre 4 millones 300 mil y fracción; y un millón 14 mil pesos), en caso de que los saldos acumulados en la cuenta así lo permitan. En el caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a 35 UF, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta.




 

Será impedimiento para realizar dicho retiro el percibir rentas o remuneraciones se regulen de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 bis de la Constitución Política de la República (Presidente de la República, Ministros de Estado, Gobernadores Regionales, Senadores y Diputados y sus asesores a honorarios).

 

La entrega de los fondos acumulados y autorizados de retirar se efectuará de la siguiente manera:

i)         El 50 por ciento en un plazo máximo de 15 días hábiles de presentada la solicitud ante la respectiva Administradora de Fondos de Pensiones  (AFP) a que pertenezca el afiliado.

ii)        El 50 por ciento restante en el plazo máximo de 15 días hábiles a contar del desembolso anterior.

 

No se permitirá el reintegro de fondos y se entenderá que el retiro es una renta, por tanto ésta deberá cancelar impuestos de acuerdo a la renta del contribuyente.

 



El Clarín de Chile

Ver comentarios

  • Ya pu'..
    Estaríamos claros QUIENES son la Concertación socialdemócrata, democristiana y FA...
    Con la deseperación de las deudas, a sacar el billete..PERO... guardar en la memoria
    antecedentes para una próxima elección.
    Tamos?

Entradas recientes

Carlos Silva, penalista: La sentencia contra Héctor Llaitul es manifiestamente una condena política

El abogado y profesor de Derecho Penal, Carlos Silva, conversó recientemente con el programa "Humanamente…

10 horas hace

Ministro de fuero de Corte de Apelaciones rechaza medida precautoria del general Yáñez

El rechazo del ministro de fuero se suma a los rechazos a solicitudes similares efectuadas…

11 horas hace

Alertan por tormenta solar que dañaría red de energía y comunicaciones

Las eyecciones de masa coronal (CMEs por su sigla en inglés), grandes emisiones de plasma…

12 horas hace

Presidente Boric decidido a vetar reinstauración de la justicia militar

El veto presidencial se vislumbra como una herramienta fundamental para evitar el restablecimiento de los…

12 horas hace

Conscripto del Huamachuco muere humillado en el altiplano

Quienes debieron cuidar de la vida e integridad de Franco Vargas y sus compañeros deberán…

21 horas hace