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Piñera es el primer presidente chileno condenado por el Congreso: ostenta un  triste récord de atropello a los DD.HH., a la Constitución y a las leyes

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Las maratones parlamentarias tienen una larga data en la historia del Congreso de Chile: hasta 1925 los diputados y senadores del Partido Conservador usaban, a destajo, el artículo del reglamento del Parlamento el cual permitía que hasta el último diputado o senador que quisiera hacer uso de la palabra, el presidente de las sendas Cámaras no podía cerrar el debate y, en ese entonces,  había parlamentarios, verdaderos maestros en el arte de evitar que se votaran los proyectos presentados por la mayoría laica del Congreso.

En el período presidencialista esta estrategia de prolongar los debates por varias horas fue un recurso utilizado normalmente, con el objetivo de paralizar la votación de un proyecto de ley. (el chef de comedor del Congreso – en esa época ubicado en Santiago – tenía fama de preparar los mejores manjares para los “delicados paladares“ de los padres conscriptos, quienes disfrutaban y se lamían los bigotes con esas exquisiteces; el poeta Vicente Huidobro escribía, con razón, que el Parlamento ofrecía rico té, pero producía pésimas leyes).

La sesión del lunes 8 de noviembre, que comenzó a las 10:00 horas, se prolongó hasta las 8:00 horas del día siguiente, el martes 9, y después de 15 horas consecutivas del discurso del diputado Jaime Naranjo, y a continuación otras cinco horas  del abogado defensor del Presidente de la República, se concluyó con la votación en la cual se aprobó la acusación constitucional, por 78 votos a favor y 67 en contra, es decir, se logró la mayoría de la mitad más uno de los diputados en ejercicio.

Como se puede constatar, las largas sesiones parlamentarias constituyen una estrategia válida desde la época parlamentaria hasta nuestros hasta nuestros días. En una de estas sesiones, un diputado muy ignorante creyó que  José Ortega y Gasset eran dos personas en una, (los señores filósofos españoles Ortega y Gasset), uno de ellos el autor y el otro, el coautor.




En esta última acusación constitucional contra Sebastián Piñera, al no darse un acuerdo que permitiera el voto telemático del diputado Giorgio Jackson, sólo quedaba el recurso de prolongar el discurso del diputado Naranjo hasta pasada la media noche, a fin de que Jackson pudiera votar, luego de cumplir su cuarentena preventiva del Cov-19, voto imprescindible para lograr la mayoría absoluta de 78 votos.

Haciendo memoria, el Presidente de la República Carlos Ibáñez del Campo, en ese tiempo exiliado – no en ejercicio – ambas Cámaras aprobaron la acusación constitucional por delitos durante su gobierno dictatorial, (década de los años 30 del siglo pasado). El Congreso acusador se denominaba el “Parlamento Termal”, pues a fin de evitar las elecciones, Ibáñez logró un acuerdo con los jefes de partidos políticos para presentar en cada distrito un solo candidato, nombrado a dedo; Ibáñez, militar astuto –  que les gusta tanto a los chilenos – en un momento dado rechazó la candidatura parlamentaria de un “frescolín”, afirmando que ya “había tocado camioneta”. En esta acusación constitucional quien lideró el libelo fue el diputado de izquierda del Partido Radical, Gabriel González Videla.

Posteriormente, el ex Presidente don Arturo Alessandri, acusado constitucionalmente por su responsabilidad intelectual en la Matanza del Seguro Obrero, y está comprobado que el ex Presidente Alessandri ordenó al general Arriagada, director de  Carabineros, que ´los matara a todos…´ Es evidente que las acusaciones constitucionales  no tienen nada de jurídico pues, en el fondo, es un juicio político donde las mayorías en el congreso aprueban o desaprueban.  En el caso del “León de Tarapacá”, en la Cámara de Diputados fue rechazada la acusación.

Sebastián Piñera es el primer Presidente en ejercicio condenado por la Cámara Baja como responsable de faltar a la probidad y poner en peligro el honor de la nación. Se sabe que al pasar al Senado, el logro de 2/3 de sus integrantes para su aprobación y destitución es prácticamente imposible, pues gobiernistas y opositores están, en la práctica, alineados entre aprobación y rechazo y, en este caso, la oposición no cuenta con la mayoría exigida.

Esta acusación constitucional prueba que el presidencialismo, en el caso chileno, en el cual la división de poderes es inexistente, la única fiscalización por parte de la Cámara de Diputados es la acusación constitucional que, en el caso del Presidente de la República, adquiere caracteres especiales y, con Piñera, desprestigia “el poder monárquico-electivo” del primer funcionario de la nación.

Si recurrimos a la historia contra-factual, si en Chile hubiera existido el régimen parlamentario o el semipresidencial, el gobierno hubiese sido fácilmente rechazado con sólo el voto de censura de la nueva mayoría parlamentaria, es decir, el Primer  Ministro jugaría el papel de fusible dejando al Presidente bajo la irresponsabilidad política, (en el caso de la V República, en Francia, con un Presidente elegido por voto popular, debiera jugar su cargo sobre la base de un plebiscito).

El Presidente Piñera ostenta un  triste récord de atropello a la moral, a la Constitución y a las leyes.

Rafael Luis Gumucio Rivas (El Viejo)

09(11/2021

 

 

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Historiador y cronista

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  1. Se atrevieron , hubo unidad para acusar al delincuente Piñera.Aparte de felicitar al diputado Naranjo , por su exposición de la acusación y el enorme esfuerzo de hablar 15 horas para permitir la llegada de dos diputados que la derecha no permitió que votaran telamáticamente , espero que esta unidad vuelva a darse en la segunda vuelta de la elección presidencial y se destierre ,para siempre, a la derecha del gobierno , mediante la nueva constitución.

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