Categorías: Chile al Día

Corte Suprema rechaza recurso contra sentencia que condenó a militar por homicidio de GAP

La Corte Suprema rechazó un recurso de casación en contra de la sentencia que condenó a un suboficial del Ejército en retiro por su responsabilidad en el homicidio calificado del integrante del Grupo de Amigos Personales del Presidente Salvador Allende (GAP) Óscar Delgado Marín, ilícito cometido el 5 de octubre de 1973 en el velódromo de Estadio Nacional.

En la sentencia (rol 28.922-2021), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Cristina Gajardo, la abogada (i) Pía Tavolari y el abogado (i) Ricardo Abuauad- consideró que el recurso no puede prosperar al contener peticiones contradictorias entre sí.

 

En la investigación el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Mario Carroza estableció:

«En el mes de septiembre de 1973, se habilita el Estadio Nacional como Campo de Prisioneros del Gobierno Militar, y a él se traslada detenidos de todas las zonas de Santiago, por diversas circunstancias, para interrogarles bajo tormentos y suministrarle un trato deshumanizado;

Que así las cosas, el día 18 de septiembre de 1973, la familia de Óscar Jesús Delgado Marín, de 30 años a la fecha de los hechos, militante del Partido Socialista y ex integrante del Dispositivo de Seguridad del ex Presidente Salvador Allende Gossens, constata su desaparición y a raíz de ello, inician diversas gestiones tendientes a su búsqueda, sin conseguir respuestas positivas, hasta ser informados que Delgado Marín habría fallecido en el Estadio Nacional, mientras permanecía en calidad de prisionero;




Que en efecto, el día 5 de octubre de 1973, alrededor de las 19:00 horas, en momentos en que Delgado se encontraba en el punto de interrogatorio ubicado en el velódromo del Estadio Nacional, habiendo sido ya indagado y puesto a disposición del oficial de seguridad de los detenidos, el subteniente del Ejército Reinel Bocaz Rocha, este le ordena al cabo de esa misma rama, Luis Oyarzo Oyarzo, hacerse cargo del prisionero y conducirlo al sector de camarines, instruyéndole que esperara a que el resto de los detenidos avanzaran unos 150 metros, para emprender el traslado;

Que en el curso de este procedimiento, el suboficial Oyarzo, a una distancia de dos metros, hace uso de su arma de servicio y le dispara manifiestamente al prisionero, provocándole una herida que le causa la muerte, la cual fue constatada por el médico de turno del hospital de campaña del Estadio Nacional».



El Clarín de Chile

Entradas recientes

Vive el día de los patrimonios en GAM

Con panoramas gratuitos y para todas las edades GAM celebrará la versión número 25 del…

55 mins hace

¿Cuándo entra Chile en los BRICS?

Veremos si los próximos gobiernos en Chile deciden seguir siendo dependientes del dólar sin siquiera…

12 horas hace

¿Hubo delito en el episodio de la Clínica Sierra Bella ?

estaremos atentos a lo que resuelva Cooper, actual fiscal regional de Coquimbo, pues si no…

13 horas hace

Pistolas eléctricas

Todos vamos a finalizar con una pistola eléctrica en la mano, escudriñando la calle, mientras…

13 horas hace

A Héctor Llaitul lo condenaron sin pruebas y el gobierno está feliz

Lo que procede si es que  se ratifica esta infame sentencia  después de los recursos…

21 horas hace

José Antonio Kast criticado en Chile por sus ofensas a Boric en su discurso en la Cumbre de la Ultraderecha en Madrid

Kast afirmó que Boric encabeza "el gobierno más fracasado de la historia del país, solo…

22 horas hace