El gobierno ha dado un paso significativo hacia la implementación del fallo de la Corte Suprema que obliga a las isapres a aplicar la tabla única de factores y devolver los cobros en exceso. El proyecto de ley, conocido como boletín 15896, ha sido aprobado y despachado por la Comisión de Salud, marcando un hito en el camino hacia la equidad en el sistema de salud privado en Chile.
El proyecto otorga nuevas facultades a la Superintendencia de Salud y fortalece el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) mediante la creación de una nueva Modalidad de Cobertura Complementaria (MCC). Además, establece la formación de un Consejo Consultivo sobre Seguros Previsionales de Salud, destinado a asesorar a la Superintendencia de Salud en el proceso de restitución de cobros en exceso.
La llamada «ley corta» modifica el DFL 1 de 2005 del Ministerio de Salud, con el objetivo de cumplir con el fallo judicial sin comprometer la estabilidad del sistema privado de salud y sus prestadores, garantizando al mismo tiempo el acceso y pago de las atenciones de salud.
En la discusión del proyecto, se aprobó el mecanismo mediante el cual las isapres deberán pagar los cobros en exceso, debiendo presentar un plan de pago que será supervisado y aprobado por la Superintendencia de Salud. Se establece un plazo de hasta diez años para la devolución de la deuda, con pagos mensuales en cuotas iguales.
El gobierno, atendiendo indicaciones de diputados y diputadas, priorizará el pago íntegro de la deuda para afiliados mayores de 80 años en un plazo máximo de 24 meses, y de 72 meses para los afiliados mayores de 65 años.
Además, las isapres deberán presentar un plan de ajuste y pago que incluya una propuesta de prima extraordinaria para cubrir el costo de las prestaciones, licencias médicas y otros beneficios de los afiliados y sus beneficiarios. Se establece un techo del 10% para dicho aumento, aplicable una sola vez.
La ley también regula casos de afiliados que hayan terminado su contrato con una isapre antes de la publicación de esta norma, garantizando la continuidad del pago en caso de existir un crédito a favor del afiliado. Además, se aseguran las prestaciones de salud para aquellos afiliados cuyas instituciones caigan en insolvencia, con el Fonasa proporcionando continuidad en los tratamientos GES y otras coberturas adicionales.
La aprobación de esta ley representa un avance significativo hacia la equidad y justicia en el sistema de salud privado de Chile, garantizando el cumplimiento del fallo de la Corte Suprema mientras se protege la estabilidad del sistema y se asegura el acceso a la atención médica para todos los ciudadanos
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