La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, condenó a tres miembros de Carabineros en retiro, por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Jorge Gustavo Gómez Retamales, Gastón Raimundo Manzo Santibáñez y Enrique Patricio Venegas Santibáñez. Ilícitos perpetrados a partir del 12 de septiembre de 1973, en la localidad de Curacaví.
En el fallo, la ministra en visita condenó al teniente de Carabineros, a la época de los hechos, Gerardo Alejandro Aravena Longa; al exsuboficial Ciro del Carmen González Hernández, y al sargento primero (r) Arnoldo Alfredo Valdebenito Sanhueza a las penas únicas de 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de los delitos.
En la etapa de investigación, la ministra Cifuentes logró establecer los siguientes hechos:
«1.- Que el día 12 de septiembre de 1973, a partir de las primeras horas de la tarde, Jorge Gustavo Gómez Retamales, Gastón Raimundo Manzo Santibáñez y Enrique Patricio Venegas Santibáñez fueron detenidos, sin derecho, en sus respectivos domicilios o en las inmediaciones de éstos, en la comuna de Curacaví, por funcionarios policiales de dotación de la tenencia de Carabineros de Curacaví, que, en esa época, se encontraba a cargo del teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa.
2.- Que posteriormente los detenidos fueron trasladados hasta la tenencia de Carabineros de Curacaví, ubicada en avenida Ambrosio O´Higgins N° 1.440 de la misma comuna, lugar en que se les mantuvo encerrados, junto a otras personas, hasta el 16 de septiembre de 1973, periodo en que se les sometió a interrogatorios y malos tratos.
3.- Que el día 16 de septiembre de 1973, en la madrugada, una patrulla al mando del teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa e integrada, además, por el sargento 2° Benjamín Seguel Ortiz -actualmente fallecido-, los carabineros Ciro del Carmen González Hernández, Manuel Arturo Lepe Barraza -actualmente fallecido- y Arnoldo Alfredo Valdebenito Sanhueza y por funcionarios del Ejército de Chile, trasladó a un grupo de detenidos desde la mencionada unidad policial hasta la cuesta Barriga, lugar en que los obligó a descender del vehículo que los transportaba y, acto seguido, tras ubicarlos en fila y situarse frente a ellos, dispararon en su contra, abandonando los cuerpos en el lugar».
En el aspecto civil, se condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $1.010.000.000 (mil diez millones de pesos) a familiares de las víctimas.
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