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Impunidad policial como síntoma estructural: cuando el Estado protege a quien mata

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En octubre de 2025, el Relator Especial de la ONU sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Morris Tidball-Binz, presentó un informe contundente que interpela directamente a los Estados: los asesinatos ilegales cometidos por fuerzas del orden no son hechos aislados, sino síntomas de sistemas que normalizan la violencia institucional y obstaculizan la justicia. “La impunidad frente a los asesinatos ilegales por parte de las fuerzas del orden no es inevitable: es prevenible si los Estados traducen sus compromisos en acciones concretas”, afirmó el experto.

Este llamado adquiere especial relevancia en Chile, donde la promulgación de la Ley Naín-Retamal en abril de 2023 ha sido interpretada por organizaciones de derechos humanos como un retroceso grave en la protección del derecho a la vida, al ampliar las facultades de uso de la fuerza por parte de Carabineros, la Policía de Investigaciones (PDI) y Gendarmería, y establecer presunciones legales que favorecen a los agentes del Estado incluso en contextos de letalidad.

El núcleo del informe: proteger la vida, no justificar la muerte

El informe de Tidball-Binz propone un marco integral para prevenir y sancionar las ejecuciones extrajudiciales, articulado en torno a seis principios fundamentales: legalidad, necesidad, proporcionalidad, precaución, no discriminación y rendición de cuentas. Estos principios deben regir toda actuación policial, especialmente en contextos de alto riesgo como manifestaciones públicas, operaciones antiterroristas, control migratorio, estados de emergencia y custodias.

El Relator subraya que cada muerte potencialmente ilegal requiere una investigación que sea rápida, eficaz, independiente e imparcial, conforme al Protocolo de Minnesota de la ONU. Esto implica:




  • La existencia de organismos de investigación independientes, tanto estructural como operativamente.
  • La protección de escenas, pruebas y testigos.
  • El fortalecimiento de la capacidad médico-legal.
  • La transparencia mediante datos desagregados y comunicación pública.
  • El acceso a la justicia para las familias, tratadas con dignidad en todo momento.

Además, Tidball-Binz advierte que la impunidad se perpetúa cuando existen obstáculos sistémicos a la rendición de cuentas, como la responsabilidad jerárquica no investigada, las inmunidades institucionales y las amnistías encubiertas. “Eliminar estos obstáculos no es opcional: es una obligación indispensable para preservar el Estado de derecho”, señala.

Chile: entre el discurso de seguridad y el blindaje legal

En este contexto, la Ley Naín-Retamal representa una respuesta inversa a las recomendaciones del sistema internacional. Lejos de fortalecer los mecanismos de control y rendición de cuentas, la ley introduce la figura de “legítima defensa privilegiada”, que permite presumir la legalidad del uso de la fuerza por parte de agentes del Estado, incluso en situaciones donde hay evidencia de abuso.

Organizaciones como Amnistía Internacional, el INDH, Londres 38 y la Coordinadora de Víctimas de Trauma Ocular han denunciado que esta ley debilita los estándares internacionales de derechos humanos, al dificultar la investigación de violaciones graves y reforzar el privilegio institucional. En palabras del equipo jurídico de Londres 38, la ley “otorga un tratamiento privilegiado con vocación de impunidad”, al permitir que los funcionarios actúen con la certeza de que sus acciones no serán cuestionadas ni por el Ministerio Público ni por las autoridades políticas.

Este blindaje legal se vuelve especialmente preocupante en un país donde las fuerzas policiales han sido acusadas de graves violaciones a los derechos humanos, especialmente durante el estallido social de 2019. A la fecha, más de 400 querellas por violencia policial siguen sin resolución, y los casos de mutilación ocular, tortura y homicidio han sido lentamente judicializados, con escasa condena efectiva.

La paradoja de la seguridad: más poder, menos control

El discurso oficial que justifica la Ley Naín-Retamal se basa en la necesidad de proteger a los agentes del orden frente a situaciones de riesgo. Sin embargo, como advierte Tidball-Binz, el uso de la fuerza letal solo puede justificarse en circunstancias excepcionales, y debe estar estrictamente regulado. “El personal policial cumple un papel vital en la protección del público y en la defensa del derecho a la vida. Sin embargo, los asesinatos ilegales por parte de agentes persisten, a menudo con impunidad”, señala el informe.

La paradoja es evidente: mientras se proclama el respeto al derecho a la vida, se despliegan dispositivos de seguridad que lo vulneran sistemáticamente, especialmente en territorios racializados, empobrecidos o movilizados. La militarización del espacio público, el uso desproporcionado de la fuerza y la falta de transparencia configuran un escenario donde la muerte se vuelve administrada, y la justicia, diferida.

¿Qué exige la ONU?

El informe del Relator Especial no se limita a denunciar: propone acciones concretas que los Estados deben implementar para prevenir la impunidad. Entre ellas:

  • Reformar las leyes que presumen la legalidad del uso de la fuerza, como la legítima defensa privilegiada.
  • Garantizar que los investigadores sean independientes, con recursos suficientes y sin interferencias.
  • Fortalecer las capacidades forenses y médico-legales, para asegurar peritajes confiables.
  • Proteger a testigos y familiares, y garantizar su participación en los procesos judiciales.
  • Publicar datos desagregados sobre muertes en custodia, operativos policiales y uso de la fuerza.
  • Revisar las responsabilidades jerárquicas, incluyendo mandos superiores y autoridades políticas.

Estas medidas no son sugerencias: son obligaciones internacionales derivadas del derecho a la vida, consagrado en tratados como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la propia Constitución chilena.

¿Y ahora qué?

La pregunta que queda es si Chile está dispuesto a alinear su legislación y práctica policial con los estándares internacionales, o si continuará profundizando un modelo de seguridad que protege a quien mata y abandona a quien muere. La Ley Naín-Retamal, lejos de ser una herramienta de protección, se ha convertido en un símbolo de impunidad estructural, donde el Estado se blinda frente a sus propias responsabilidades.

Como señala Tidball-Binz, “la implementación efectiva de los estándares establecidos, tanto en la ley como en la práctica, es esencial para proteger el derecho a la vida y reconstruir la confianza pública”. En Chile, esa confianza está rota. Y solo podrá reconstruirse si el Estado deja de mirar hacia otro lado, y comienza a investigar, reparar y transformar.

Elena Rusca

Ginebra, Suiza

 



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Elena Rusca

Periodista, corresponsal en Ginebra

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