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Juez condena a dos carabineros en retiro por asesinato por la espalda cometido en Viña del Mar en 1974

El ministro en visita de causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, condenó a dos suboficiales en retiro de Carabineros por su responsabilidad en el homicidio de calificado de Juan Guillermo Ramírez Peña, ocurrido el 1 de enero de 1974 en la población Gómez Carreño de Viña del Mar.
El magistrado sentenció a Carlos Araya Tobar a 12 años de presidio por su responsabilidad como autor del homicidio y a Etiel Romero Ramírez a 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, por su responsabilidad como encubridor del mismo ilícito.
La investigación del ministro Arancibia Pinto estableció que:
«Los medios de prueba enumerados y desarrollados en el considerando precedente, debidamente analizados y ponderados conforme a la normativa probatoria del Código de Procedimiento Penal y relacionados entre sí conforme a las reglas de la lógica, constituyen un conjunto suficiente de presunciones judiciales que reúnen todos y cada uno de los requisitos que exige el artículo 488 del ya señalado código y permiten tener por fundado y legalmente acreditado en este proceso, los siguientes hechos:
Que el día 1 de enero de 1974, en horas de la madrugada, en circunstancias que la víctima Juan Guillermo Ramírez Peña transitaba en la vía pública del sector de Gómez Carreño de Viña del Mar, cercano a su domicilio, junto a dos amigos –Juan Guillermo Sepúlveda Quezada y Raúl Segundo Ávila Lantadilla- que lo acompañaban, recibe un balazo por la espalda, en su cuello, lo que le produce su muerte casi de inmediato, no mediando provocación a amenaza alguna de parte de la víctima o de sus amigos en contra del carabinero que disparó.
El carabinero posteriormente huye del lugar y se dirige hacia el Retén de ese sector poblacional. Posteriormente, se da inicio a un proceso en la justicia naval de esta ciudad, Rol A-154, el que comienza con un parte del Retén de Carabineros de Gómez Carreño, en el que se detiene a los amigos que acompañaban a la víctima, aduciéndose que dos Carabineros de esa unidad debieron hacer frente a una especie de agresión de las tres personas referidas, lo que motivó que aquellos tuvieron que disparar al aire y posteriormente el Carabinero Araya hacia el grupo, a una distancia de unos 30 metros, proceso naval que termina con el sobreseimiento del Carabinero involucrado en estos hechos».
En el aspecto civil se condenó al Fisco a pagar una indemnización de $ 90.000.000 (noventa millones de pesos) a los familiares de la víctimas.



El Clarín de Chile

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