Chile al Día

Corte Suprema confirma condena a exmiembros de la Armada por secuestro de estudiante en 1974

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En un fallo unánime, la Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó este martes la condena a cinco exmiembros de la Armada por el secuestro calificado del estudiante universitario Silvio Vicente Pardo Rojas, detenido y desaparecido en Valparaíso en abril de 1974, durante la dictadura militar.

Los condenados —Valentín Evaristo Riquelme Villalobos, Juan de Dios Reyes Basaur, Héctor Vicente Santibáñez Obreque, Sergio Hevia Febres y Guillermo Tomás Morera Hierro— deberán cumplir 15 años de presidio efectivo, en calidad de autores del delit.

La resolución, dictada en la causa rol 45.260-2024, fue adoptada por la Sala Penal integrada por el ministro Leopoldo Llanos, las ministras María Cristina Gajardo y Eliana Quezada, junto a los abogados integrantes Juan Carlos Ferrada y Carlos Urquieta.

Argumentos del fallo

El tribunal rechazó los recursos de casación presentados por las defensas, argumentando que carecían de precisión jurídica y buscaban en realidad modificar la forma de cumplimiento de las penas, lo que no corresponde a esta vía procesal.




En su dictamen, la Corte señaló que las solicitudes de los recurrentes eran “vagas e imprecisas” y que pretendían una “revaloración probatoria” que está vedada en sede de casación. Asimismo, advirtió que las causales invocadas eran contradictorias entre sí, lo que también condujo al rechazo del recurso.

“En realidad, el propósito del articulista es una nueva ponderación del acervo probatorio (…), lo que devela que el abogado defensor busca que esta Corte efectúe un ejercicio que no le corresponde”, precisó la resolución.

El caso de Silvio Pardo

El fallo de base, dictado por el ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Max Cancino Cancino, estableció que Silvio Pardo, estudiante de Derecho en la Universidad Católica de Valparaíso y militante del MIR, fue detenido el 4 de abril de 1974 por agentes del Servicio de Inteligencia de la Armada.

La víctima fue recluida en el cuartel Silva Palma, donde fue sometida a interrogatorios, torturas y prácticas conocidas como “porotear” —ser obligado a identificar a otras personas que luego eran detenidas—.

Posteriormente, Pardo fue trasladado al campamento de prisioneros de Puchuncaví y regresado a Silva Palma a comienzos de mayo de 1974. Su última comunicación con su esposa, María Elena Zamora, fue una tarjeta fechada el 1 de mayo de 1974.

Desde el 6 de mayo de 1974 no se tuvo más noticias de él. Pese a versiones que señalaban que sería liberado junto a otro detenido, su paradero nunca se conoció. Hasta hoy permanece como detenido desaparecido.

Contexto histórico

El caso se enmarca en la acción de organismos represivos creados tras el golpe de Estado de 1973, como el SICAJSI (Servicio de Inteligencia de la Comandancia de Área de Seguridad Interior), dependiente de la Armada, que operó en Valparaíso bajo una estructura jerarquizada destinada a perseguir opositores políticos.

La condena de la Corte Suprema reafirma la línea de responsabilidad penal en delitos de lesa humanidad cometidos por agentes del Estado durante la dictadura, crímenes que son imprescriptibles y cuya persecución judicial continúa vigente a más de cinco décadas de ocurridos los hechos.



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