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Prácticas non sanctas, aunque no tan graves como las conocidas en el celular de Hermosilla

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El gran Mark Twain (1835-1910) decía que, «es más fácil engañar a la gente, que convencerla que ha sido engañada», razón más que suficiente para brindar tardíamente por la incautación, por parte de la Fiscalía, del parlanchín celular del abogado Luis Hermosilla quien, con sus colegas Samuel Donoso, Gabriel Zaliasnik y Andrés Chadwick, ejercían gravitantes labores profesionales en el gobierno de Sebastián Piñera, actividades reservadas con las cuales se aseguraban los nombramientos de jueces buenas personas y la rápida tramitación de permisos para proyectos de inversión muy necesarios para dicha administración.

Recientemente se supo, por la locuaz boca de Hermosilla que él mismo y su colega Donoso, recibían mensualmente del Palacio de La Moneda, unos sobres sellados con billetes que les eran entregados por los jóvenes estafetas Andrés Sotomayor y Benjamín Salas, hijito éste de la ex ministra de Piñera, Pauline Kantor, desconociéndose si esos morlacos eran pesos chilenos o dólares, lo que, a pesar de no tener mayor importancia, nunca se sabrá.

Suponemos que tales puntuales pagos -platas negras- correspondían a las justas retribuciones por las valiosas gestiones que hacían ambos abogados en favor de los llamados «buenos chilenos» que arriesgan sus capitales para engrandecer al país. Por razones obvias, los 2 abogados receptores del dinero estaban impedidos de emitir boletas de honorarios al gobierno. Respecto del astuto y bien relacionado abogado Zaliasnik, el gobierno de Kast ponderó su situación, optando por mantenerlo como flamante embajador en Israel.

Acorde al título de esta columna, a continuación damos cuenta de dos situaciones, simplemente actos administrativos irregulares, por lo tanto no presuntos delitos, cometidas en la comuna de La Florida, dentro del ámbito de los permisos de edificación, las que han quedado en nada por la habitual impunidad presente en nuestro país.




Como consecuencia del categórico dictamen vinculante N° E58946/2020 del 11 de diciembre de 2020 de la Contraloría General de la República, también tirándole las orejas a la negligente División de Desarrollo Urbano (DDU) del ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), por haber publicado la irregular Circular N° 184 de 2009 referida a la DDU específica N° 5, resolvió que por ser ilegal el permiso de edificación N° 143 del año 2019, otorgado por la dirección de obras municipales (DOM) de La Florida a la empresa Besalco, para una torre habitacional de 17 pisos, al costado inmediato de viviendas unifamiliares, esa función municipal tenía el deber de invalidarlo, conforme el mandato del artículo 53° de la Ley N° 19.880.

Pues bien, el alcalde Carter, hoy senador, demostrando una supina ignorancia en la materia, le pidió una reconsideración a la Contraloría, indicándole temerariamente que el ente fiscalizador carecía de competencia legal para pronunciarse en la materia y que, por lo demás, el permiso en cuestión estaba bien cursado. Debido a que la inmobiliaria Besalco le pidió socorro a la respectiva asociación gremial empresarial, la Cámara Chilena de la Construcción (CChC), a través de 2 de sus directores, más prudente y educada, también pidió una reconsideración a la Contraloría, expresando motivos más razonables y aludiendo al rol que desempeña la DDU del Minvu.

La Contraloría, en su completo dictamen N° E113584/2021, del 10 de junio de 2021, le contesta al entonces imprudente alcalde Carter de La Florida, con copia a los vecinos perjudicados, a los  2 representantes de la CChC, a la Subsecretaría de Vivienda y Urbanísimo y al Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana de Santiago, ratificando en todas sus partes el anterior dictamen N° 58946 del año 2020. El caso, llegó a los tribunales y por una oportuna acción de algunos empoderados brujos de la plaza, la Justicia ignorando el dictamen de la Contraloría, posibilitó el negocio.

Hablando de La Florida, a pesar de que actualmente su alcalde es otro, se llama Daniel Reyes, de la cofradía de Carter, hemos sabido que se mantienen intactas las malas prácticas, nuevamente con la complicidad de la Seremi Minvu, pero como las acusaciones hay que formularlas con datos concretos, en pocas palabras, informamos que esa díscola DOM le otorgó el permiso de edificación N.º 215, de fecha 10 de mayo de 2023, a la Inmobiliaria Vicuña Mackenna SpA para levantar dos torres de 26 pisos cada una, en los terrenos que eran de la empresa Curifor en la avenida  Vicuña Mackenna Poniente N.º 5908, sin que la inmobiliaria, como era su deber, adjuntara en la solicitud del permiso, el obligatorio Estudio de Conos de Sombra, cuyo propósito, como lo hemos dicho tantas veces, de que llegue luminosidad a las viviendas colindantes al terreno del nuevo proyecto.

La comunidad afectada directamente, Edificio Florida Plaza, por ese involuntario olvido, nos ha manifestado que las láminas del estudio de sombra aparecieron en la DOM exactamente un año después de cursado el permiso, el 15 de mayo de 2024. Fueron ingresadas a la DOM de contrabando, bajo el ardid de un expediente de modificación técnica. Con esta maniobra extemporánea, dicha comunidad está condenada a un ensombrecimiento severo e irreversible.

Pero la pérdida de luz natural no es el único descuido en la tramitación del negocio, pues con la venia del municipio, se planea abrir una nueva calle pública (prolongación Punta Arenas) que dejará al edificio residencial separado de la vía, por un simple muro medianero, vulnerando la seguridad de las familias y para colmo, se postergó la construcción de esta vía hasta la recepción final de las 2 altas torres, dejándose en el interín un espacio residual perfecto para que la delincuencia pueda trabajar.

Por los severos impactos negativos, entre otros, ruidos y excesivo tráfico vehicular, el inversionista con la amistosa complicidad del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), sometió su enorme proyecto a una simple Declaración de Impacto Ambiental (DIA), en lugar de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), que era lo que en rigor correspondía y todos los reclamos formulados por la comunidad perjudicada no tienen respuesta de la Seremi Minvu. Ante tal desinterés, la Contraloría despachó a esa función ministerial los oficios N.º OF99521/2026, de fecha 25/05/2026 y N.º OF158180/2026, de fecha 20/08/2026, exigiendo a su receptor que responda directamente a la comunidad que reclama. Pero «no se oye padre».

En resumen, ante los dichos de Hermosilla, se concluye que la corrupción se mantiene inalterada y con respecto a la municipalidad de La Florida, queda en evidencia de que con cualquier alcalde que ejerza el cargo, las normas urbanísticas y ambientales se conocen pero no se aplican.

 

Patricio Herman

 

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