Chile al Día

Corte suspende a juez Urrutia y revoca arrestos domiciliares a los detenidos de la Primera Linea

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Daniel Urrutia, Juez del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, es investigado después de haber pedido la modificación de las medidas cautelares de trece imputados de prisión preventiva a arresto domiciliario. Esa demanda ha sido, por mientras, revocada.

 

El juez Urrutia había pedido, el día de ayer, debido al estado de catástrofe decretado el 19 de marzo para todo el territorio nacional y por un lapso de 90 días, mutar la prisión preventiva de trece imputados en arresto domiciliaro total.

“Las cárceles son recintos donde la posibilidad de contagiarse es altamente probable atendido el hacinamiento y la imposibilidad de que las medidas sanitarias mínimas puedan ser implementadas razonablemente; prueba de esto, es la persistencia de la enfermedad de la tuberculosis en la población carcelaria, que al día de hoy no ha podido ser erradicada de nuestras cárceles. A lo que se suma la cantidad de personas privadas de libertad con enfermedades de base que complicarían enormemente la respuesta del sistema de salud dentro de la población penal”, había notificado el juez. “Los internos en prisión preventiva, al igual que todas las personas tienen derecho a la salud y es deber del estado velar por su cuidado, no exponiéndolos innecesariamente a contagios de la epidemia que puedan evitarse tomando las medidas razonables”.

El artículo 145 del Código Procesal Penal enuncia que “en cualquier momento del procedimiento el tribunal, de oficio, o a petición de parte, podrá substituir la prisión preventiva por algunas de las medidas cautelares que dispone el mismo cuerpo de leyes”.




El artículo 150 del mismo cuerpo legal señala que “el tribunal deberá adoptar y disponer las medidas necesarias para la protección de la integridad física de los imputados, incluso el tribunal podrá excepcionalmente conceder al imputado permiso de salida por resolución fundada y por el tiempo estrictamente necesario para el cumplimiento de los fines del referido permiso, siempre que se asegure convenientemente que no se vulnerarán los objetivos de la prisión preventiva”.

Apoyándose a estos dos artículos del Código Procesal Penal, el juez Urrutia había pedido la mutación inmediata de la pena de Juan Godoy, Nicolás Ubilla, Marcelo Tapia, Paloma González, Alejandro Nicho, Sebastián Cambiazo, Daniel Sepúlveda, Diego Alvarado, José Salgado, Jaime Rubio, Ismael Donoso, Gabriel Astorga y Raúl Leiva. La situación de emergencia sanitaria en relación al coronavirus hace que esta liberación hubiera sido necesaria, según el juez.

Sin embargo, la medida pedida por el juez hacia estos trece imputados, encarcelados por hacer parte de la Primera Línea de la Plaza de la Dignidad, ha sido rápidamente revocada.

El Poder Judicial informó, la misma tarde, de la decisión del Pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago de dar inicio a una investigación sumaria administrativa en contra el juez Urrutia.

“Atendida la gravedad de los hechos que serán materia de la investigación y a fin de evitar las consecuencias que éstos puedan generar, se dispone como medida preventiva la suspensión de los efectos de la aludida resolución y de cualesquiera otras de idéntica naturaleza que se hubiere pronunciado por el juez Urrutia Laubreaux. De conformidad con lo dispuesto en el artículo N° 13 del Acta N° 15- 2018 y con el objeto de obtener el mejor funcionamiento del lugar de trabajo, se dispone la suspensión de funciones del investigado en tanto dure la investigación, sin perjuicio de lo que pudiera decidirse en el curso de ésta”, relata el documento sobre el pronunciamiento de la Sala de Pleno de la C.A. de Santiago, integrada por el Ministro Presidente Hernan Alejandro Crisosto G., Los Ministros Dobra Lusic N., Javier Anibal Moya C., Juan Cristobal Mera M., Marisol Andrea Rojas M., Maria Soledad Melo L., Jessica De Lourdes Gonzalez T., Alejandro Rivera M., Paola Plaza G., Guillermo E. De La Barra D., Lilian A. Leyton V., Elsa Barrientos G., Jenny Book R. y Ministro Suplente Alberto Amiot R. Santiago.

 

Por Elena Rusca

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