
Tribunal ordena al Estado indemnizar a hijos de víctima de torturas en Estadio Nacional
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El Tercer Juzgado Civil de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización de $10 millones por daño moral indirecto a los hijos de Manuel Jesús Cepeda, detenido y torturado en el Estadio Nacional en septiembre de 1973, durante los primeros días de la dictadura militar.
El fallo
En la resolución —causa rol 20.830-2023—, la magistrada Soledad Araneda Undurraga desestimó las alegaciones del Consejo de Defensa del Estado, que buscaba rechazar la demanda por falta de legitimación activa, limitación de la justicia transicional, reparación satisfactiva y prescripción.
El fallo establece que Manuel Jesús Cepeda fue detenido el 11 de septiembre de 1973 por agentes estatales y trasladado al Estadio Nacional, donde fue sometido a tratos crueles, inhumanos y degradantes hasta su liberación el 6 de octubre de ese mismo año.
El tribunal recordó que Cepeda fue reconocido como víctima en el Informe Valech I, lo que refuerza la responsabilidad del Estado en su detención y tortura.
Indemnización a los hijos
La jueza reguló prudencialmente la compensación, considerando que los demandantes no fueron víctimas directas, pero sí sufrieron consecuencias en su vida personal y familiar.
Tomás Henry Cepeda Gallardo y Isolda Ester Cepeda Gallardo recibirán $4 millones cada uno, tras acreditarse que enfrentaron alteraciones en sus roles familiares, interrupción de estudios y la necesidad de incorporarse tempranamente al mundo laboral.
Claudia Andrea Cepeda Gallardo, nacida después de los hechos, recibirá $2 millones. El tribunal reconoció que, aunque no vivió directamente la detención, sufrió los efectos emocionales y sociales derivados de la condición de su padre como ex prisionero político.
Argumentos de la resolución
La jueza Araneda enfatizó que, pese a las dificultades para calcular un daño de esta naturaleza, corresponde al tribunal reconocer el impacto en la vida de los hijos de la víctima. “El daño debe ponderarse en conformidad a la experiencia propia vivida por los actores”, señala el fallo.
Además, la sentencia ordena que la suma indemnizatoria sea reajustada conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), con intereses en caso de mora del deudor.
Contexto
El caso se enmarca en la serie de juicios civiles interpuestos por familiares de víctimas de violaciones a los derechos humanos, quienes han buscado reparación por los efectos sufridos más allá de las víctimas directas. La resolución refuerza la responsabilidad del Estado en la reparación integral de quienes resultaron afectados por la represión ejercida tras el golpe de Estado de 1973.





