
TC asesta revés a la ley “Escuelas Protegidas”: declara inconstitucionales revisión de mochilas, restricciones a la gratuidad y sanciones de admisión
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El Tribunal Constitucional acogió parcialmente los requerimientos presentados por parlamentarios de oposición y eliminó algunos de los pilares más controvertidos de la ley impulsada por el gobierno de José Antonio Kast. La decisión abrió un nuevo frente político entre el oficialismo y la oposición, mientras la UDI ya anunció iniciativas para reponer algunas de las normas rechazadas.
El Tribunal Constitucional (TC) propinó este martes un duro revés a una de las iniciativas emblemáticas del gobierno de José Antonio Kast en materia educacional y de seguridad. Mediante un fallo que acogió parcialmente los requerimientos presentados por parlamentarios de oposición, el organismo declaró inconstitucionales varias disposiciones centrales del proyecto de ley que establece medidas de seguridad para la comunidad educativa, conocido públicamente como “Escuelas Protegidas”.
La decisión afecta aspectos que habían sido presentados por el Ejecutivo y la derecha como herramientas fundamentales para enfrentar la violencia escolar: la posibilidad de que Carabineros y la PDI revisaran mochilas y pertenencias de estudiantes sin orden judicial, restricciones de acceso a la gratuidad universitaria para estudiantes condenados por determinados delitos y nuevas causales de exclusión en los sistemas de admisión escolar.
El fallo responde a los requerimientos ingresados por senadores y diputados de oposición, quienes argumentaron que varias de estas disposiciones vulneraban garantías constitucionales fundamentales. El TC terminó acogiendo parte importante de esos cuestionamientos.
El corazón del conflicto: revisión policial de mochilas
Uno de los puntos más sensibles del fallo corresponde a la facultad que la ley otorgaba a las policías para revisar vestimentas, mochilas y efectos personales de estudiantes al interior de los establecimientos educacionales.
La norma permitía que, ante determinados indicios y a solicitud del establecimiento, Carabineros o la PDI realizaran estos procedimientos sin orden judicial previa. El TC declaró inconstitucional el mecanismo que habilitaba esta actuación, considerando que comprometía derechos fundamentales y garantías procesales.
También fue rechazada la obligación de que los establecimientos denunciaran automáticamente a las policías cuando un apoderado no concurriera ante una situación relacionada con una revisión de pertenencias estudiantiles.
Para los impulsores del proyecto, estas herramientas buscaban prevenir hechos graves de violencia en establecimientos educacionales. Sus detractores sostenían que transformaban las escuelas en espacios de vigilancia policial permanente y abrían la puerta a procedimientos arbitrarios contra estudiantes.
La gratuidad universitaria no podrá condicionarse
Otro de los golpes más significativos para el Ejecutivo fue la declaración de inconstitucionalidad de la norma que condicionaba el acceso y mantención de la gratuidad en la educación superior.
El proyecto establecía que estudiantes condenados por determinados delitos vinculados a hechos graves de violencia escolar perderían el beneficio durante cinco años. El TC rechazó esta disposición por estimar que vulneraba principios constitucionales relacionados con la igualdad ante la ley y el acceso a la educación.
La decisión tiene una relevancia política adicional porque el gobierno y sectores de la derecha han promovido medidas similares en otros proyectos, como el denominado Registro de Vándalos e Incivilidades. El criterio fijado ahora por el TC podría transformarse en un antecedente importante para futuras controversias legislativas.
También caen restricciones de admisión y normas disciplinarias
El Tribunal Constitucional declaró además inconstitucionales partes relevantes de las modificaciones introducidas a la Ley de Subvenciones.
Entre ellas, la disposición que obligaba a los reglamentos internos a prohibir ciertas vestimentas o accesorios asociados a referencias de violencia, drogas o conductas delictuales. También objetó la incorporación de nuevas causales que podían afectar la admisión de estudiantes previamente sancionados o expulsados por hechos considerados graves para la convivencia escolar.
La resolución elimina igualmente el criterio que otorgaba prioridad en el sistema de admisión escolar a estudiantes que no hubieran sido sancionados por actos graves contra la convivencia escolar.
Un nuevo revés para la agenda de seguridad de Kast
La ley “Escuelas Protegidas” había sido impulsada con rapidez tras diversos episodios de violencia ocurridos en establecimientos educacionales durante los últimos meses. El Ejecutivo la presentó como una respuesta firme para fortalecer la autoridad escolar y recuperar espacios educativos afectados por hechos de agresión y desórdenes.
Sin embargo, desde su ingreso al Congreso, organizaciones estudiantiles, expertos en educación, académicos y parlamentarios de oposición advirtieron que varias de sus disposiciones reproducían una lógica punitiva similar a experiencias anteriores, como la ley Aula Segura, cuyos resultados han sido ampliamente debatidos.
Diversos especialistas sostuvieron durante la discusión legislativa que el proyecto privilegiaba mecanismos de control y sanción por sobre estrategias preventivas, apoyo psicosocial y fortalecimiento de las comunidades educativas.
Reacciones: la UDI anuncia contraataque
La respuesta de la derecha no tardó en llegar.
Parlamentarios de la UDI calificaron la resolución como un obstáculo para enfrentar la violencia escolar y anunciaron que estudiarán una reforma constitucional para reponer especialmente la restricción de la gratuidad universitaria a estudiantes condenados por delitos graves. Según argumentaron, la gratuidad constituye un beneficio financiado con recursos públicos y debe estar asociada a estándares mínimos de conducta.
Desde la oposición, en cambio, el fallo fue recibido como una confirmación de las advertencias formuladas durante la tramitación del proyecto. Legisladores que impulsaron el requerimiento sostuvieron que el TC reafirmó que la seguridad escolar no puede construirse vulnerando derechos fundamentales ni transformando los establecimientos educacionales en espacios de control policial permanente.
Un debate que recién comienza
Más allá de las disposiciones anuladas, el fallo tiene un significado político que trasciende el ámbito educacional.
La resolución del Tribunal Constitucional marca uno de los primeros límites institucionales relevantes a la agenda legislativa del gobierno de Kast y anticipa futuras controversias sobre proyectos que buscan ampliar facultades policiales o establecer restricciones de derechos como mecanismo de control social.
En ese sentido, la decisión no sólo afecta a la ley “Escuelas Protegidas”. También instala un precedente sobre hasta dónde puede llegar el Estado cuando invoca razones de seguridad para restringir garantías constitucionales en ámbitos tan sensibles como la educación.
Félix Montano
Fuentes: Tribunal Constitucional; Cámara de Diputadas y Diputados; El País Chile; antecedentes legislativos del Boletín N.º 18.156-04





