
Chile entra en la segunda fase de la jornada laboral reducida: implicancias de las 42 horas semanales
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Este 26 de abril de 2026 marca un hito en la transformación del mercado laboral chileno: comenzó a regir la segunda etapa de la Ley 21.561, reduciendo la jornada ordinaria de trabajo desde 44 a 42 horas semanales para los trabajadores regidos por el Código del Trabajo de Chile. La medida forma parte de un proceso gradual que busca alcanzar las 40 horas en 2028, en línea con estándares internacionales que promueven una mejor conciliación entre vida laboral y personal.
Un cambio estructural de implementación progresiva
La reforma fue impulsada durante el gobierno del presidente Gabriel Boric y se diseñó con un enfoque escalonado para facilitar su adaptación. Tras su entrada en vigencia en abril de 2024 (con una reducción inicial a 44 horas), la actual fase representa el segundo ajuste normativo relevante.
Este esquema progresivo responde a la necesidad de equilibrar dos objetivos: por un lado, mejorar la calidad de vida de los trabajadores; por otro, permitir que las empresas ajusten sus procesos productivos sin impactos abruptos en costos laborales o niveles de empleo.
Desde el punto de vista legal, la reducción horaria constituye un mandato obligatorio, pero su implementación concreta —especialmente en términos de distribución de jornada— requiere acuerdos entre empleadores y trabajadores. Esto se sustenta en disposiciones como los artículos 12 y 34 del Código del Trabajo, que regulan modificaciones contractuales y tiempos de descanso, respectivamente.
Alcance y sectores involucrados
La normativa aplica a la mayoría de los trabajadores dependientes del sector privado bajo régimen ordinario. Sin embargo, su impacto no es homogéneo. Sectores como el comercio, los servicios y los centros comerciales enfrentan mayores desafíos operativos, dado que dependen de horarios extendidos y alta rotación de personal.
En estos casos, la reducción de horas puede implicar reorganización de turnos, contratación adicional o ajustes en productividad. La complejidad aumenta en actividades donde la continuidad operacional es clave, lo que explica la atención que ha generado la implementación en rubros intensivos en mano de obra.
Desde la perspectiva jurídica, especialistas han enfatizado que cualquier modificación en la jornada debe respetar el principio de acuerdo entre las partes. Esto introduce un elemento de negociación que puede variar según el tamaño de la empresa, la existencia de sindicatos y las condiciones del mercado laboral en cada sector.
Dimensión económica: empleo y costos laborales
Uno de los principales focos del debate técnico ha sido el impacto económico de la reforma. Un informe del Banco Central de Chile, publicado en septiembre de 2025, advirtió posibles efectos negativos en la creación de empleo formal. Este tipo de advertencias se basa en evidencia internacional que sugiere que reducciones de jornada sin ajustes de productividad pueden traducirse en mayores costos por hora trabajada.
Para mitigar estos efectos, el Ejecutivo ha impulsado medidas complementarias, como un crédito tributario en el marco del proyecto de Reconstrucción Nacional. Este instrumento busca aliviar la carga financiera de las empresas, especialmente en las etapas iniciales de adaptación.
No obstante, algunos economistas han señalado que estos mecanismos podrían tener un efecto transitorio. La interrogante de fondo es si las empresas lograrán compensar la menor cantidad de horas mediante aumentos en productividad o eficiencia, o si, por el contrario, enfrentarán presiones sostenidas en sus estructuras de costos.
Fiscalización y rol sindical
Desde el ámbito sindical, el énfasis ha estado puesto en la correcta implementación de la normativa. La Central Unitaria de Trabajadores (CUT) ha señalado la importancia de reforzar los mecanismos de fiscalización para evitar prácticas que desvirtúen el espíritu de la ley, como la intensificación del trabajo dentro de menos horas o modificaciones unilaterales de condiciones laborales.
Este enfoque refleja una preocupación recurrente en reformas laborales de este tipo: que la reducción formal de la jornada no derive en una sobrecarga efectiva para los trabajadores. En ese sentido, la fiscalización por parte de la Dirección del Trabajo y la acción sindical serán factores clave en la implementación.
Dimensión política y proyección futura
La entrada en vigor de esta segunda etapa también tiene una dimensión política relevante. La reforma ha sido uno de los proyectos emblemáticos del actual ciclo gubernamental, y su avance progresivo permite evaluar sus efectos antes de alcanzar la meta final de 40 horas en 2028.
Figuras como Jeannette Jara han reafirmado públicamente el compromiso con la continuidad del proceso, subrayando que la reducción de la jornada se inscribe en una agenda más amplia de fortalecimiento de derechos laborales.
En términos comparados, Chile se suma a una tendencia internacional donde diversos países han reducido o flexibilizado las jornadas laborales, aunque con distintos mecanismos y ritmos. La evidencia muestra resultados mixtos, dependiendo de factores como productividad, estructura económica y capacidad de adaptación empresarial.
Implicancias a mediano plazo
La implementación de la jornada de 42 horas constituye un punto intermedio en un proceso de transformación más amplio. Sus efectos deberán evaluarse en múltiples dimensiones: empleo, salarios, productividad, bienestar laboral y competitividad empresarial.
A corto plazo, el desafío principal radica en la adaptación operativa y el cumplimiento normativo. A mediano plazo, el foco estará en la capacidad del sistema económico para absorber el cambio sin deteriorar indicadores clave.
En este contexto, la evolución hacia las 40 horas en 2028 dependerá no solo del calendario legal, sino también de los resultados observados en esta etapa. La reforma, por tanto, no solo redefine la duración de la jornada laboral, sino que también plantea interrogantes sobre el modelo de organización del trabajo en Chile y su sostenibilidad en el tiempo.





