
Revancha oligárquica y feriados irrenunciables
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La CPC, el gremio que agrupa a los grandes empresarios, ha propuesto revisar los feriados irrenunciables, que según sostiene generarían una merma relevante de actividad. Estos son los días de pascua y año nuevo, el 18 y de 19 de septiembre y el 1 de mayo. Estos feriados son de descanso obligatorio y no pueden reemplazarse pagando un recargo. En todo caso, la ley contempla excepciones importantes: restaurantes, cines, espectáculos, aeropuertos, casinos, expendio de combustibles y farmacias de turno, entre otros, mientras muchas de las compras en comercios se trasladan a otros días.
Se puede conjeturar que la CPC ha realizado esta propuesta dada la llegada del nuevo gobierno de ultraderecha, que incluye entre sus miembros a numerosos ministros provenientes de la gran empresa. Apunta probablemente a buscar eliminar el feriado irrenunciable del 1 de mayo, día simbólico de los movimientos de trabajadores en el mundo y en Chile. El nuevo gobierno dijo no compartir la idea de la CPC, pero sostuvo de manera ambigua que hay feriados que va a “respaldar siempre”, mencionando Navidad, Año Nuevo y Fiestas Patrias pero no el 1 de mayo. El ministro García Ruminot afirmó que existe un espacio para revisar otros feriados, aunque no en lo inmediato: “habrá otros que uno los puede analizar, discutir”.
Todo esto suscita la duda de si se está o no en presencia de un nuevo impulso de “revancha oligárquica”, como las que ha conocido la historia contemporánea de Chile. Este ha sido el caso ante los avances de unos y otros derechos legales adquiridos por los trabajadores, especialmente desde los años 1920, con una primera gran revancha en el período de dictadura de 1973-1989 que barrió con variados derechos laborales. Estos suelen consagrarse bajo los regímenes democráticos no dominados -o no enteramente dominados- por las oligarquías económicas, en los que la voz de la mayoría puede expresarse, los que no son exactamente de su preferencia por los límites que establecen al dominio y control del trabajo por el capital.
Por su parte, el 26 de abril las empresas deberán ajustar su jornada laboral de 44 a 42 horas semanales. Esta es la segunda reducción establecida en la Ley de 40 horas desde abril de 2024, cuando bajó de 45 a 44 horas, y cuya aplicación es gradual con disminuciones cada dos años hasta 2028. El gobierno actual ha dicho que mantendrá el calendario pero que contempla, mediante dictamen, tres modificaciones en detrimento del trabajo: eliminar las reglas que acomodan los horarios para el cuidado de niños o niñas de hasta 12 años y dejarlos como “acuerdos” en la empresa sin las restricciones vigentes; ampliar las categorías de asalariados excluidos de la limitación de jornada de trabajo, como los gerentes y personal directivo, y reconsiderar la prohibición de que la colación pueda ser imputada en la reducción de jornada, la que hoy se debe aplicar “al término o inicio diario de esta, en caso de existir acuerdo entre las partes, o solo al término a falta de acuerdo”.
Se debe recordar que los trabajadores asalariados representan en Chile el 74% de la ocupación. Los trabajadores por cuenta propia alcanzan un 20% de los ocupados y los empleadores representan una minoría de 3%. La ocupación total, a su vez, involucra al 57% de los mayores de 15 años (el resto está desempleado, inactivo o estudia).
Cabe hacer algunas precisiones de orden sistémico: la relación capital-trabajo subordinado es la económicamente predominante en las sociedades actuales. La cultura empresarial oligárquica que privilegia contener o disminuir salarios o beneficios laborales sin otra consideración que aumentar las ganancias empresariales de corto plazo, parece querer volver por sus fueros con nuevos bríos, esta vez con una voluntad irrefrenable de hacer retroceder derechos laborales adquiridos. Este enfoque suele ser, sin embargo, frecuentemente miope en la creación de condiciones de aumento estable de la productividad y de prosperidad agregada de la economía. En no pocas ocasiones conduce a desestabilizaciones y efectos inesperados.
No se debe olvidar que el capital invertido no puede rentabilizarse sin uso de fuerza de trabajo, incluso en los casos de mayor automatización. Además de requerir diseño previo y fabricación de equipos, confección de software y acciones de puesta en marcha, supone al menos la supervisión y mantención periódica de máquinas y robots, incluso con inteligencia artificial asociada. Además, el trabajo de menor calificación en limpieza, recolección de desechos y tareas domésticas es difícilmente sustituible, incluso en las sociedades más tecnológicamente avanzadas. Lo son también muchos servicios que no pueden ser objeto sino de un acompañamiento por equipos tecnológicos relativamente limitado, como los cuidados de personas, diversas atenciones de salud y la mayor parte de la educación en todos sus niveles, junto a las expresiones culturales y deportivas.
En todas estas actividades, incluso en aquellas cuyo propósito no consiste en valorizar el capital invertido por el empleador, como el servicio público y las actividades sin fines de lucro, el trabajo no es gratuito (aunque lo es en el caso del trabajo doméstico familiar). Es remunerado monetariamente, y eventualmente en especie, en base a contratos formales e informales. El interés del empleador individual es el de procurar pagar salarios lo más bajos posibles, en el límite de la necesidad de contratar o retener fuerza de trabajo indispensable para su actividad o menos reemplazable, especialmente la más calificada. El interés del trabajador es el de obtener la mayor remuneración posible, del mismo modo que quien vende algo busca el mayor precio y el comprador el menor precio. La relación empleador-asalariado, y dentro de ella la que se anuda entre capital y trabajo, está constituida por intereses distintos que implican frecuentes conflictos de distinta magnitud entre esos intereses y contrastaciones individuales o colectivas, lo que ha llevado desde el siglo XIX en todas las sociedades modernas a una regulación legal de mayor o menor entidad de las relaciones laborales.
Esta regulación involucra consideraciones de moral pública, como la que llevó a prohibir la esclavitud y las diversas formas de trabajo forzado o de trabajo infantil. Y se extiende sobre los diversos elementos que conforman las condiciones de trabajo, como los horarios laborales y los períodos de descanso, además de la institución de mecanismos de negociación de estos elementos para disminuir las asimetrías de poder entre empleadores y trabajadores. Esta negociación se desenvuelve según los casos a nivel de empresa o unidad productiva, rama, territorio o del Estado-nación, junto a acuerdos internacionales más o menos indicativos o imperativos, y varía de acuerdo a la historia de los arreglos sociales en cada país.
Pero también existen consideraciones de funcionamiento económico. Es el caso de la relación entre las condiciones de trabajo y la productividad esperada: trabajadores exhaustos y enfermos o bien con calificación insuficiente, o con salarios sin vínculos con los resultados individuales en sus puestos de trabajo o con los de la empresa, serán con frecuencia menos productivos que aquellos que cuentan con mejores condiciones de trabajo e higiene, capacidad de diálogo y acomodo y retribución salarial con suficientes grados de satisfacción mutua entre las partes en la relación laboral. Esto redunda en un mejor rendimiento individual y organizacional.
Es también el caso de la dinámica macroeconómica: el consumo es el principal componente de la demanda, y mueve las economías en el corto plazo junto al gasto de inversión y las exportaciones netas de importaciones. El consumo de los hogares proviene en una proporción decisiva en las economías modernas de los salarios: empresas con muy bajas remuneraciones del trabajo en relación a la del capital, que permiten a los empleadores -siempre menos numerosos- obtener un alto excedente económico, llevará a una estructura de demanda con un consumo deprimido, lo que a su vez terminará por disminuir la inversión por ausencia de flujos futuros de ingreso suficientes.
Es cierto que muchas sociedades han socializado remuneraciones de reemplazo ante el desempleo, la enfermedad o la vejez, las que son especialmente importantes para la economía agregada en el caso de las pensiones y las licencias médicas, o bien redistribuyen ingresos a los más pobres, estabilizando los perfiles de consumo agregado. O que una parte de las personas y familias, más allá de los poseedores de capital en gran escala, reciben ingresos por la posesión de activos (a través de arriendos, intereses o dividendos) que se agregan a sus salarios. Pero estos ingresos suelen ser de menor cuantía frente a estos últimos en la determinación de los flujos de demanda que mueven la economía.
Lo anterior explica que sea una mala consejera la confrontación permanente con los trabajadores por parte de los empleadores, los que en la gran empresa al parecer se están dejando llevar por la tentación de dominio autoritario sobre el trabajo sin limitaciones.
Gonzalo Martner





