
De manera unánime, la Corte de Apelaciones de Antofagasta anuló lo resuelto por el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta, al considerar que la aplicación del procedimiento de ejecución “resulta improcedente”. Con ello, dejó sin efecto el proceso que había ordenado al Comité de Ministros volver a votar el proyecto minero portuario Dominga.











