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ONU pide a Bosnia y Herzegovina que reconozca los derechos de las sobrevivientes de violencia sexual después de 25 años de impunidad

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El comité de derechos de la mujer de la ONU denuncia que las supervivientes de la violencia sexual en los conflictos armados han sido desatendidas durante mucho tiempo en Bosnia y Herzegovina (Bosnia y Herzegovina), y ha pedido al gobierno que tome medidas inmediatas para proporcionar servicios sociales y económicos adecuados.

En las opiniones adoptadas en su última sesión sobre una denuncia individual, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) concluyó que las investigaciones de violencia sexual relacionada con el conflicto en Bosnia y Herzegovina habían sido ineficaces y demasiado lentas, y no había suficiente compensación y apoyo para las víctimas.

La denuncia individual, presentada por una ciudadana bosnia de etnia croata, argumentó que las sobrevivientes de violencia sexual en Bosnia y Herzegovina llevaban mucho tiempo viviendo en la pobreza y sin dignidad.

La denunciante vivía con su marido en el municipio de Prijedor, una aldea ocupada por las fuerzas de los serbios de Bosnia. Fue asaltada por cuatro hombres armados y violada por uno de ellos cuando estaba sola en casa en agosto de 1995. Ella denunció el incidente a la policía local, pero no obtuvo copia del informe policial y no se abrió ninguna investigación.




La violación hizo que la ciudadana tuviera un gravísimo daño físico y psicológico, incluida una infección genital grave, por lo cual no pudo pagar el tratamiento adecuado y, por lo tanto, se convirtió en una enfermedad cervical.

Sufriendo de una fuerte depresión y un cambio permanente de personalidad, la denunciante ha estado viviendo por debajo del umbral de la pobreza desde que se divorció en 2009.

La ciudadana bosnia descubrió en 2008 que los archivos de su caso inicial habían sido eliminados 10 años después del delito. De 2009 a 2017, escribió a distintas autoridades para solicitar la reapertura de su caso pero sin éxito. Luego presentó su denuncia ante la CEDAW en 2017.

En 2019, las autoridades de Bosnia y Herzegovina finalmente reconocieron su condición de víctima de violencia sexual relacionada con el conflicto y le otorgaron una pensión mensual por discapacidad de 130 marcos (66,47 euros).

«La pensión de la denunciante no corresponde con lo que ella sufrió. Esto incluyó daños físicos graves que afectaron su salud y derechos sexuales y reproductivos, así como el daño psicológico y los daños materiales que sufrió durante más de 25 años después del incidente”, declaró Nahla Haidar, miembro de la CEDAW.

“El caso refleja la situación de muchas víctimas de violencia sexual relacionada con el conflicto cuyos casos no son investigados de manera oportuna y efectiva, y que no reciben ninguna compensación”, agregó Haidar.

El Comité instó al gobierno de Bosnia y Herzegovina a tomar medidas para garantizar que el caso de la denunciante sea investigado con prontitud, imparcialidad y eficacia, y para indemnizarla adecuadamente por el daño material y moral que ha sufrido.

 

Los hechos.

Durante la guerra en Bosnia entre 1992 y 1995, las fuerzas armadas violaron entre 12.000 y 50.000 niñas y mujeres, según diversas estimaciones. La investigación de la ONU realizada en 2017 sobre los obstáculos socioeconómicos que enfrentan las sobrevivientes de violencia sexual relacionada con el conflicto en Bosnia y Herzegovina mostró que el 62% de las sobrevivientes estaban desempleadas, el 64% no tenía apoyo social y más de la mitad de ellas vivían en la pobreza extrema.

 

Las recomendaciones del Comité de la ONU.

El Comité emitió las siguientes recomendaciones:

Investigar con prontitud, exhaustividad, imparcialidad y seriedad todas las denuncias de la violencia de género contra las mujeres, especialmente los crímenes de guerra, incluida la violación y violencia sexual; garantizar que se inicien procedimientos penales en todos casos, llevar a los presuntos autores a juicio de manera justa, imparcial, oportuna y de manera expedita, y asegurarse de que los acusados ​​sean sentenciados, si son declarados culpables a penas acordes con la gravedad de sus actos;

(ii) Proporcionar a las víctimas de la violencia de género contra las mujeres, especialmente los delitos de guerra, incluida la violación y la violencia sexual, con acceso seguro y rápido a justicia, incluida la asistencia jurídica gratuita cuando sea necesario, y garantizar que informado de los avances en la investigación de sus denuncias, en línea con la orientación proporcionada en la recomendación general núm. 33 del Comité;

(iii) Vele por que se adopten medidas legislativas para excluir a los culpables de los crímenes de guerra de estar exentos de sus sanciones, incluso a través de la reducción rutinaria de las penas y sustitución de la pena de prisión por multas;

(iv) Establecer un esquema de reparación eficaz a nivel nacional que brinde todas las formas de reparación a las víctimas de crímenes de guerra, incluida la violencia sexual, con igualdad de acceso a las prestaciones sociales y otras medidas de apoyo a las que tengan derecho;

(v) Asegurar que las autoridades a nivel de entidad eliminen las restricciones y disposiciones discriminatorias de su legislación y políticas relativas a la reparación para las víctimas civiles de la guerra, incluidas las sobrevivientes de la violencia sexual en tiempos de guerra;

  1. vi) Adoptar sin demora la estrategia nacional revisada para procesar la guerra crímenes, en los que se define un cronograma para el enjuiciamiento de todos los crímenes de guerra por

2023, con el fin de acelerar la persecución de los delitos de violencia sexual cometidos durante el conflicto de los noventa;

(vii) Establecer un fondo para proporcionar indemnizaciones y otras formas de reparación a mujeres víctimas de crímenes de guerra;

(viii) Brindar capacitación oportuna en perspectiva de género para jueces, abogados, funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, personal administrativo y trabajadores sociales en la aplicación de las normas internacionales con respecto a la lucha contra la violencia de género contra la mujer, y sobre la Convención, su Protocolo Facultativo y la jurisprudencia y las recomendaciones generales del Comité, en particular, recomendaciones generales núms. 19, 30, 33 y 35;

  1. ix) Armonice la legislación sobre crímenes de guerra en todo el Estado parte y garantice que se aplique de forma coherente de conformidad con la Convención y otras normas internacionales, incluido el Convenio del Consejo de Europa sobre la Prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (Convenio de Estambul);
  2. x) Aplicar rápidamente las recomendaciones del Comité, en particular las relativas a la lucha contra la violencia contra la mujer, contenidas en sus observaciones sobre el sexto informe periódico de Bosnia y Herzegovina (CEDAW / C / BIH / CO / 6).

 

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer supervisa la adhesión de los Estados partes a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, que hasta la fecha cuenta con 189 Estados partes. El Comité está integrado por 23 miembros que son expertos independientes en derechos humanos procedentes de todo el mundo, que actúan a título personal y no como representantes de los Estados partes.

 

Elena Rusca, Ginebra

 

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