Chile al Día

Corte Suprema revierte fallo y mantiene reserva de identidad de testigos en juicio contra Héctor Llaitul

Tiempo de lectura aprox: 1 minutos, 9 segundos

La Corte de Temuco acogió el recurso de protección deducido por el Ministerio Público y decretó la reserva de la identidad de cinco testigos que deberán comparecer al juicio en contra de Héctor Javier Llaitul Carrillanca, acusado por la fiscalía como autor de delitos contemplados en la ley seguridad del Estado, usurpación violenta de predios, hurto de madera y atentado contra la autoridad. Ilícitos que habría perpetrado a partir de noviembre de 2020.

En fallo unánime (causa rol 2.586-2023), la Segunda Sala del tribunal de alzada declaró ilegal la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Garantía de Temuco en la audiencia de preparación de juicio oral, que ordenó entregar los nombres de los testigos protegidos a la defensa del acusado.

“En estos autos se ha acusado como ilegal y arbitraria la decisión pronunciada por una señora Jueza de Garantía de Temuco, quien en la audiencia de preparación de juicio oral de fecha 18 de abril de 2023, seguida en la investigación RUC N°2000038327-K, RIT 1423-2020, accedió a la petición de la defensa, en la etapa de corrección de vicios formales, ordenando al Ministerio Público, quien habría incurrido en uno de aquellos al momento de formular su acusación, que lo corrija, disponiendo como remedio a aquel pretendido vicio, el que proceda a la entrega de la identidad de los cinco testigos signados en los numerales 1.33. 1.47, 1.48, 1.49 y 1.50 del punto VI ‘medios de prueba’, número 1 ‘prueba testimonial’ de la acusación, a la defensa”, plantea el fallo.

La resolución agrega que: “Corresponde tener presente que la audiencia preparatoria de juicio oral es una audiencia compleja, que está compuesta de una serie de etapas y cuya ritualidad está contenida en los artículos 266 y siguientes del Código Procesal Penal. En este sentido, el artículo 270 del Código del ramo contempla, como una de las alegaciones previas a la exclusión de la prueba, la corrección de vicios formales, siendo pertinente considerar al respecto, lo referido por la Corte Suprema, en cuanto refiere que aun cuando la ley no define en que´ consisten los vicios formales”.




 

Fuente: Poder Judicial

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  1. Margarita Labarca Goddard says:

    Tienes toda la razón, Gino Villegas.
    Ya dejen libre y tranquilo a Héctor Llaitul y mejor es que los tribunales se pongan a castigar a los criminales de la dictadura. Cualquier sentencia en uno de esos casos se demora 40 años, en cambio a Llaitul lo quieren condenar con testigos falsos. EXIGIMOS QUE TODOS LOS JUECES SEAN ELEGIDOS POR EL PUEBLO.

  2. Gino Vallega says:

    Testigos falsos, sin duda, protegidos por un estado dictatorial, encapuchados, mintiendo y siguiendo órdenes de Valencia y sus fiscales pinochetistas….ASÍ ES LA JUSTICIA CHILENA…..y el presidente BORIC, declama poesías revolucionarias, DE LA BOCA PARA AFUERA, para no molestar a sus nuevos pares republicanos. Que exagero? Demuéstrame mi error!

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