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Un acuerdo insalvablemente nulo

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El Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución no deja de ser un  vulgar juego de pirotecnia  con altos grados de provocación.  Política y jurídicamente no cumple absolutamente ningún requisito para llegar a convertirse en  una convocatoria a una Asamblea Constituyente, puesto que fue suscrito por un Congreso que no tiene atribuciones para presentar indicaciones de cómo debe funcionar una Asamblea Constituyente.

 

Cómo puede ser posible que los integrantes del Congreso y los dirigentes de los partidos políticos –las dos  instituciones más rechazadas por la ciudadanía- no puedan comprender que el PODER CONSTITUYENTE ORIGINARIO radica en la Asamblea Constituyente y que el Congreso lo único que puede hacer, es convocar a una Asamblea Constituyente sin poner condiciones de ningún tipo. 

 

“Lo que sucede es que los constituyentes crean un nuevo ciclo de la base legal, el constituyente originario, que es el pueblo, no tiene ninguna vinculación con ninguna norma previa, no se trata de asambleas constitucionales que tengan que respetar mecanismos anteriores para reformar una Constitución, sino invocar al pueblo como poder originario que dicte una nueva Constitución, que nada tenga que ver con la anterior, aun cuando sus contenidos coincidan en una buena parte. El hecho legitimante es la reunión del pueblo como constituyente originario, para definir cuáles son las normas originales que deben regir el destino de la nación”. (Carlos Gaviria, magistrado y ex presidente de la Corte Constitucional de Colombia,  entrevista en el portal El Mostrador”,    noviembre de 2014). (El subrayado es nuestro).

 

Que los firmantes insistan en este acuerdo trucho, puede tener tres explicaciones: primera, su supina ignorancia; segunda, su incapacidad mental de comprender lo que se les ha explicado hasta la majadería, y tercero, que se hayan confabulado en un cártel tipo mafioso, que lo único que busca es conservar sus privilegios, sin importarles lo que pueda acontecer en el país con sus abyectas acciones.  




 

El acuerdo que se origina en el Congreso, que es un poder constituido, le arrebata a la Asamblea Constituyente su poder originario, poder que sólo y únicamente le corresponde a la Asamblea Constituyente, es decir a sus  integrantes, que deberán redactar el reglamento por el cual deberá regirse, el funcionamiento de las comisiones, el  quórum para sesionar, el quórum para aprobar cada uno de sus artículos, etc. Entonces, señores congresistas, ustedes están inhabilitados para entregarle indicaciones a la Asamblea Constituyente.

 

Como bien explica Felipe Portales, “El engendro acordado entre los desprestigiados parlamentarios de la derecha y de la ex Concertación que establece un quórum de 2/3 para aprobar los textos en la Asamblea Constituyente, podría resumirse perfectamente así: NADA QUE LA DERECHA NO QUIERA QUEDARÁ EN LA CONSTITUCIÓN”.

 

Si incluso se había propuesto que los artículos que no fueran aprobados, se reemplazarían por los pertinentes de la Constitución, ilegal e ilegítima de 1980. Si esto es así, ¿para qué una Asamblea Constituyente? Mejor que sigan parchando la actual y que siga el feliz contubernio. Reconozco que jamás había escuchado o leído tamaña estupidez. Bueno, viniendo de nuestros parlamentarios…

 

Respecto del nombre Convención Constitucional, y no Constituyente, no es casualidad, pues al hablar de Constitucional, puede referirse a una Convención de expertos constitucionalistas para tratar temas sobre la Constitución vigente; es decir,  sin Poder Constituyente.

 

Ahora, respecto a la Convención Mixta Constitucional, es una muestra de la mayor de las aberraciones  de la filosofía del derecho y del derecho público.  No puede haber representantes de un poder constituido entre los miembros de una Asamblea Constituyente, puesto que son jueces y parte, con mayor razón si son designados y de este Congreso totalmente desprestigiado. El senador Jaime Quintana, presidente del Senado, al hablar de la Convención Constitucional dijo que era lo más parecido a la Asamblea Constituyente. Y ya que entramos en comparaciones, le podría decir al honorable senador, que lo más parecido al ser humano es el simio. Pero no es ser humano; hay que reconocer, sin embargo, que el simio, a pesar de no tener lenguaje verbal como el ser humano, tiene mucho más conciencia y sentido de la realidad sobre el  hábitat en que vive. Lástima que no podamos decir lo mismo de la mayoría de los parlamentarios (con contadas excepciones), que no toman conciencia de la realidad que vive el país, firmando un acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución, que lo único que producirá será más crispación y rechazo a la clase política.

 

El diputado Gabriel Boric, para justificar su firma en el acuerdo, ha dicho que lo importante es “prepararnos para enfrentar el proceso constituyente, ganar las elecciones del plebiscito para tener una Asamblea Constituyente con delegados 100% electos”. La “ingenuidad” del honorable diputado es digna de encomio: aunque sean 100% electos, estarán atados de manos con el quórum de los 2/3 para aprobar los artículos. ¿Usted cree señor diputado que la derecha va a permitir que se terminen las AFPs, que la educación superior sea gratuita, que la salud sea de calidad y gratuita, que se va a cambiar el sistema de ISAPRES, etc.?  ¿Cómo pretende prepararse para enfrentar la campaña de desprestigio que hará el gobierno y la derecha en contra de la Asamblea o Convención Constitucional, (caos, populismo, Chilezuela), teniendo todos los medios de comunicación a su favor y, como pasó en Brasil, contratando empresas que organizarán las redes sociales para crear falsas noticias e inventar quién sabe qué mentiras a los líderes sociales sobre su vida privada? Aterrice diputado, no siga hablando estupideces para justificar su firma en el mentado acuerdo.

 

Con fecha 11 de julio de 2014, en el contexto de la discusión sobre la Asamblea Constituyente, se publicó en Clarín un artículo con el título “Ignorancia, prepotencia y mala leche”. Estimado lector, con el objeto de recordarle, especialmente a los honorables parlamentarios, que lo que hemos expresado más arriba ya lo hemos venido explicando desde hace años, me voy a permitir reproducir sólo dos párrafos de dicha nota:

 

…  Por su parte, el  diputado y presidente del Partido Socialista, Osvaldo Andrade, se permite emitir el siguiente comentario: “no estoy en disposición de renunciar al mandato que me han entregado los ciudadanos de mi distrito. Por mí, votaron 63 mil chilenos, y yo no tengo mandato para delegar esa facultad en nadie, así que si quieren discutir de Constitución, yo quiero ser parte”. Hasta aquí la intervención del diputado Andrade. Después de explicar algunos aspectos del Estado de Derecho y del poder constituyente, expresé en esa nota:  

 

En segundo término me referiré a la declaración del honorable diputado Osvaldo Andrade. Este diputado, que según tengo entendido  es abogado, fue elegido para legislar (le daré el beneficio de suponer que estamos en un Estado de derecho y que el sistema electoral por el cual fue elegido, es quasi democrático), y en ningún caso para redactar un nueva Constitución. Por lo demás, el diputado Andrade no tiene calidad moral para participar en la discusión, ni menos en la construcción de una nueva Constitución, pues lo único que ha hecho es usufructuar de los beneficios  que le ha entregado la actual  Constitución, ilegal e ilegítima, a ciertas castas políticas y empresariales, y especialmente a través del sistema binominal de elecciones, que impide una real representación de la ciudadanía en el Congreso. En síntesis, el señor Andrade se ha comportado como un yanacona del actual engendro, llamado Constitución. Entonces, el honorable diputado, no hace más que exhibir la típica prepotencia del ignorante. (Fin de la cita).

 

El problema radica en que lo expresado por el ex diputado Osvaldo Andrade (ex presidente del PS), es lo que piensa la gran mayoría de los parlamentarios (anteriores y actuales), prueba de ello, que insisten en intervenir, a través de una Convención Constitucional,  en la redacción de una nueva Constitución, sin tener ningún derecho para hacerlo.

 

Para terminar, amable lector, incluyo en esta nota algunos conceptos básicos sobre Asamblea Constituyente, Poder Constituyente y Proceso Constituyente.

 

  1. ¿Qué es una Asamblea Constituyente? “Con la expresión Asamblea Constituyente se designa un órgano colegial, representativo, extraordinario y temporal, que está investido de la tarea de elaborar la constitución del estado, de establecer –en otras palabras- las reglas fundamentales del ordenamiento jurídico estatal. Se trata del poder constituyente, cuya existencia radica en una voluntad primaria en el sentido de que sólo de sí misma y nunca de otra fuente deduce su limitación y la norma de su acción”. (*)
  2. El Poder Constituyente, entendido como la capacidad del pueblo para dotarse de la norma superior, tiene formas de ejercerse. La situación extraordinaria en que se ejerce el Poder Constituyente debe ser eficientemente cristalizada en instituciones. No se trata de una revolución o una prolongación de las prácticas de movilización popular, sino del momento posterior, esto es, la canalización institucional de las energías sociales. Es decir, la revolución estaría radicada en el acto en sí y la movilización popular es la acción previa para instar a la convocatoria a una Asamblea Constituyente. (Bobbio)
  3. Proceso Constituyente. Antes de entrar en su definición, deseo plantear el siguiente argumento: soy de la opinión de que no es necesario esperar que el ciudadano común conozca a carta cabal lo que significa el Proceso Constituyente, sino que éste, es decir el proceso mismo, en una confrontación dialéctica, es el acicate y cumple con la  labor didáctica que permite el conocimiento por parte de la ciudadanía toda, o por lo menos de los que están interesados en el proceso, aunque sea por el prurito de querer estar informado. En una de esas, es posible que hasta los propios congresistas, tanto diputados como senadores, sean capaces de comprender que un Proceso Constituyente no es el caos ni mucho menos enfrentarse a las puertas del infierno.

Veamos: el Proceso Constituyente debe culminar en la redacción de una Carta Política, que es la norma superior de la institucionalidad, especialmente política, del país. La Constitución Política, como su nombre lo indica, debe ser la expresión política de los actores del país y es un instrumento político del Estado y de la sociedad en su acepción más plena.

 

La producción de una nueva Constitución –tarea única de la Asamblea Constituyente- puede hacerse sin necesidad de “reconstituir” a todos los poderes, por lo cual pueden convivir (si no entran en competencia) el Congreso Nacional (dedicado más bien a tareas de fiscalización) y la Asamblea Constituyente (dedicada a pensar y rediseñar el Estado).

 

Por su parte y en este sentido (sólo en este sentido), el Ejecutivo se debe limitar a actuar como facilitador de la información necesaria para las decisiones de la Constituyente. Conceptual y jurídicamente, el ejecutivo no tiene ninguna función en la Asamblea Constituyente. Pero como es obvio, políticamente y siguiendo orientaciones generales de Derecho Público, se debe buscar una relación de respeto y colaboración entre funciones estatales bajo la comprensión de que la Asamblea Constituyente, en el período en que está reunida, asume su rol principal como función “extraordinaria” del Estado.

 

El Ejecutivo puede tener un rol formal en la convocatoria a la Asamblea o simplemente no tenerlo. Pero en ningún caso el Ejecutivo tiene un rol en la aprobación, expedición o sanción de la nueva Constitución. El Congreso Nacional puede expedir la Ley de Convocatoria de la Asamblea Constituyente, con el patrocinio del Ejecutivo.

 

 

(*) Vincenzo Lippolis, “Asamblea Constituyente”, en Norberto Bobbio y Nicola Matteucci, Diccionario de política, Siglo XXI, México, 1981.

 

      

 

 

 

   

 

  

 

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  1. Benjamin Ibañez says:

    Una duda, ¿Crees que en la formación de una AC no va a haber un porcentaje de derecha que igual se oponga a ciertas ideas? Si quieren crear un órgano realmente representativo tienen que estar todos los colores políticos representados proporcionalmente. Otra duda: Este «órgano colegial, representativo, extraordinario y temporal» ¿Cómo se conforma? ¿Qué sistema de elección se usa?

  2. Humildemente agradezco enormemente al Clarin y a las inigualables personas que escriben en él, por la didactica de sus escritos. Gracias de todo corazón.

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