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COVID-19, el congreso y las prescripciones éticas de la ley Ricarte Soto

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El sustancial impacto sanitario de la epidemia de COVID-19 en Chile puede apreciarse por el fallecimiento de más de 15 000 personas, desde que se detectara la primera infección por el virus hace seis meses atrás. Estos fallecimientos generan una tasa de mortalidad por 100 000 de 57.9, siendo esta la segunda más alta del mundo, por arriba de las de Brasil, de México y de los EE.UU. Es importante destacar sin embargo que esta importante carga de enfermedad y de muerte se ha distribuido en la población chilena de manera desigual, como resultado de las inicuas vulnerabilidades y de las susceptibilidades que estas provocan para la enfermedad y sus complicaciones, en grupos disimiles habitando diferentes espacios y áreas geográficas. De este modo, en la RM las tasas de mortalidad por 100 000 habitantes en las comunas de Pedro Aguirre Cerda, Lo Espejo y Cerro Navia son de 193.9, 182.0 y 181.1 respectivamente y en las comunas de Las Condes, Vitacura y Lo Barnechea son de 91.9, 63.0 y 59.6, esta ultimas comunas tienen menos de la mitad o la tercera parte de la mortalidad de las comunas precedentes (Minsal, Informe Epidemiológico COVID-19, No 43).

Como hemos señalado con anterioridad, una parte importante de esta mortalidad habría podido ser evitada si las políticas del Estado para lidiar con la epidemia hubiesen estado basadas en un adecuado y contemporáneo conocimiento científico de los métodos para prevenir la infección y de la realidad del país, lo cual habría resultado también en un reforzamiento de los principios básicos de la ética médica y en la protección de los derechos humanos de la población. El análisis previo de la mortalidad por comunas indica claramente que existen comunas en el país en las cuales la población ha soportado una carga de enfermedad y de muerte enorme, como un resultado de sus vulnerabilidades económicas, sociales, educacionales y de salud, entre muchas. Estas poblaciones ya quebrantadas en sus derechos básicos por las vulnerabilidades descritas, las cuales han facilitado entre ellas aumentos abusivos de enfermedad y de muerte por el virus, están ahora frente al riesgo potencial de continuar siendo menoscabadas en sus derechos fundamentales por los ensayos de vacunas contra COVID-19, que están siendo planeados en la población chilena.

En los meses iniciales de la gestación de esta catástrofe epidemiológica (marzo, abril, mayo), llamaba la atención, que a diferencia de lo que sucedía en otros países, el congreso chileno guardaba un silencio glacial frente a la implementación de medidas sanitarias claramente inconsultas, y que a todas luces estaban afectando de manera negativa la salud de la mayoría de sus representados y marcando perjudicialmente el futuro curso de la epidemia en el país. Mientras que los parlamentos de otros países organizaban urgentemente audiencias públicas, instalaban comisiones investigadoras e interrogaban a menudo abiertamente a sus científicos y a sus funcionarios sanitarios sobre las medidas tendientes a paliar el curso de la epidemia, en el congreso chileno solo algunas voces aisladas se levantaban débilmente para cuestionar la precaria idoneidad de las medidas sanitarias implementadas. La falta de una respuesta institucional del parlamento frente a estos graves hechos y el abandono total y voluntario de su función fiscalizadora, son sin duda tan responsables del actual drama epidemiológico, como las equivocadas y las dañinas políticas sanitarias del poder ejecutivo, y ellas hablan de una ausencia mortífera del funcionamiento de la democracia.

En este contexto, de la total prescindencia del parlamento chileno en tratar de modificar el curso adverso de la epidemia en sus comienzos, es que su preocupación súbita y sus esfuerzos recientes para diluir las prescripciones éticas de la ley Ricarte Soto aparecen como injustos y además se demuestran como el fruto de un oportunismo tardío y vacuo. La excusa parlamentaria para debilitar, a mi modo de ver los en general adecuados preceptos éticos de esta ley, sería que ellos dificultarían los ensayos de vacunas contra el COVID-19 y en general la experimentación biomédica Chile. En los últimos años ha habido intentos repetidos por diluir estos principios en la ley, ellos han sido habitualmente estimulados por las instituciones y los individuos que se beneficiarían económicamente de esta dilución y por lo tanto con importantes conflictos de intereses, como son las Organizaciones de Investigación por Contrato (OIC), algunas universidades y los profesionales de la salud que se benefician también profesionalmente y pecuniariamente de estas actividades. Esta actividad que alcanza los niveles de una industria y que ya mueve en el país un capital de decenas de millones de dólares anuales, beneficia a las compañías farmacéuticas y sus científicos y ejecutivos y serán también ellos los que se beneficiarán económicamente de los ensayos de una potencial vacuna contra el COVID-19.




La potencial dilución de los adecuados principios éticos dé la ley, propiciada por el congreso, ataca por segunda vez la integridad de los derechos humanos de estas poblaciones vulnerables y cautivas, blancos de la experimentación con vacunas, y que ya sufren una violación grave de ellos por la desigual carga evitable de enfermedad y de muerte por COVID-19. Podría argüirse que ellas serán importantes beneficiarias también de una vacuna exitosa para el COVID-19, pero es justamente el acceso gratuito a una vacuna ensayada en sus cuerpos y que la ética de la Ley Rucarte Soto asegura, uno de los principios éticos que el parlamento está tratando de arrebatarles. Los principios de derechos humanos y éticos que fundamentan los ensayos clínicos tienen validez universal y su relativización en función de una realidad nacional o de una situación epidémica introduce peligrosa e injustificadamente, el uso arbitrario de diferentes normas para el tratamiento de situaciones éticamente idénticas. La aplicación de los principios básicos de la ética médica a los ensayos clínicos está dirigida a proteger la integridad de los derechos humanos y la dignidad de los sujetos de poblaciones vulnerables y no a la facilitación de estos ensayos por compañías farmacéuticas, OICs, gobiernos, universidades, institutos e investigadores.

En resumen, los intentos del congreso carecen de justificación, ya sea en nombre de la ciencia o de la ética médica; además su independencia y su autoridad respecto al problema ha sido menoscabada, dado su consentimiento tácito para con las políticas de salud que agravaron la epidemia en Chile. Es imposible discutir en un corto artículo las implicaciones perniciosas que tendrían los intentos parlamentarios de diluir todos los principios éticos de la ley Ricarte Soto en la preservación de los derechos humanos básicos de las poblaciones vulnerables en Chile y la experimentación biomédica en ellos. Lo que está claro es que, si se necesitan algunas modificaciones de la ley, esta es una discusión que debiera abrirse democráticamente a toda la sociedad y a sus diversas instituciones, para evitar que las modificaciones que cercenan los derechos adquiridos de la mayoría se cocinen entre cuatro paredes, y en ausencia de la importante participación de representantes de la pluralidad de las poblaciones vulnerables y vulneradas.

 

Por Felipe Cabello C.

Fuente: El Mostrador

Publicado en El Clarín de Chile con autorización del autor

 

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Becario Guggenheim, EE.UU. Canadá Miembro Trasatlántico, Academia Real de Medicina, Londres

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  1. Felipe Portales says:

    Muy buen artículo que recuerda y confirma como siguen actuando en conjunto la dupla Derecha-Ex Concertación, al margen de los intereses populares mayoritarios (lo están haciendo desde 1989 con la Reforma Constitucional de ese año; con la destrucción de casi todos los medios de centro-izquierda; con la consolidación de las AFP, Isapres, ley minera, etc.; con la defensa conjunta de la impunidad de Pinochet; con la «Constitución de 2005»; con el funesto acuerdo del 15 de noviembre pasado; etc. etc.

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