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Corte eleva indemnización a adolescente sometido a torturas por la DINA en Tres Álamos, Villa Grimaldi y Puchuncaví

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La Corte de Apelaciones de Santiago ha determinado una indemnización de $100.000.000 por daño moral a Raúl Antonio Leiva Quezada, quien fue detenido y sometido a torturas durante la dictadura militar en Chile. Esta sentencia no solo reconoce el sufrimiento indecible que experimentó Leiva Quezada, sino que también marca un avance significativo en la búsqueda de justicia y reparación para las víctimas de abusos en esa oscura época de la historia chilena.

Un Pasado de Sufrimiento

Raúl Antonio Leiva Quezada fue detenido en 1974 cuando realizaba su servicio militar en la Escuela de Paracaidistas y Fuerzas Especiales de Peldehue. Tras su detención, fue entregado a la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), donde sufrió interrogatorios inhumanos y torturas en lugares como Tres Álamos, Villa Grimaldi y Puchuncaví. Su historia refleja el horror que muchas personas vivieron durante el régimen dictatorial en Chile.

La Sentencia de la Corte de Apelaciones




En una decisión unánime, la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó una resolución anterior del Undécimo Juzgado Civil de Santiago, que había condenado al fisco a pagar una indemnización por daño moral a Leiva Quezada. Sin embargo, la Corte de Apelaciones decidió aumentar el monto de la indemnización en proporción al daño demostrado.

La sentencia recalca la importancia de evaluar la gravedad del sufrimiento experimentado por cada víctima, considerando factores como la duración de la detención y la tortura, los métodos utilizados y los efectos físicos y mentales que resultaron de estos actos. Además, se toma en cuenta la edad de la víctima en el momento de los hechos, así como las circunstancias personales y el impacto a largo plazo en la vida de la persona afectada.

Un Paso Hacia la Justicia

Esta sentencia de la Corte de Apelaciones no solo es un reconocimiento del sufrimiento de Raúl Antonio Leiva Quezada, sino que también establece un importante precedente en la búsqueda de justicia y reparación para las víctimas de abusos cometidos durante la dictadura. La decisión subraya la obligación del Estado de compensar a las víctimas por los daños causados por sus agentes, especialmente cuando se trata de violaciones a los derechos humanos.

La sentencia resalta la necesidad de considerar las circunstancias individuales de cada caso y la obligación de reconocer y compensar el sufrimiento experimentado, especialmente en situaciones tan extremas como las vividas durante la dictadura militar. Este fallo también envía un mensaje claro de que la justicia puede prevalecer incluso después de décadas, y que las víctimas merecen el reconocimiento y la reparación por los abusos sufridos.

La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago en el caso de Raúl Antonio Leiva Quezada representa un paso significativo hacia la justicia y la reparación en casos de violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura en Chile. Esta decisión establece que el sufrimiento de las víctimas no puede ser olvidado ni ignorado, y que el Estado tiene la responsabilidad de reconocer y compensar adecuadamente el daño causado. La sentencia envía un mensaje poderoso de que la lucha por la justicia y la verdad continúa, y que cada paso hacia la reparación es un paso hacia la sanación y la construcción de un futuro más justo.

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