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Rabat, exabogado de Pinochet, rebajó condenas a presos de Punta Peuco y enfrenta una posible acusación constitucional

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El ministro de Justicia confirmó que firmó decretos que beneficiaron a dos internos de Punta Peuco condenados por secuestro calificado y tortura. Un tercer decreto favoreció a otro condenado por secuestro calificado. Las resoluciones se suman a las 56 rebajas concedidas a agresores sexuales de menores y profundizan una controversia que ahora amenaza con llegar a una acusación constitucional. El pasado de Rabat como integrante de la defensa jurídica de Augusto Pinochet adquiere renovada relevancia política.

La crisis que enfrenta el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Rabat, adquirió una nueva dimensión después de que se conociera que su cartera también redujo condenas a internos de Punta Peuco, el recinto penitenciario donde cumplen penas numerosos exagentes de la dictadura condenados por graves violaciones de derechos humanos.

El propio secretario de Estado confirmó que firmó dos decretos que beneficiaron a personas condenadas por secuestro calificado y tortura. Los antecedentes conocidos incluyen un tercer decreto por secuestro calificado, aunque todavía no se ha establecido públicamente dónde cumple su condena el beneficiario.

La revelación llega apenas un día después de conocerse que el Ministerio de Justicia concedió 56 reducciones de pena a personas condenadas por delitos sexuales contra menores de edad, entre marzo y septiembre de este año.




La controversia ha dejado de concentrarse exclusivamente en la interpretación de las normas sobre beneficios penitenciarios. Ahora alcanza la trayectoria del ministro, las decisiones políticas del Gobierno de José Antonio Kast y las responsabilidades constitucionales que podrían derivarse de los decretos.

La Democracia Cristiana anunció gestiones para evaluar una acusación constitucional, el Partido Socialista exige revisar e invalidar las resoluciones cuestionadas y el Frente Amplio ha solicitado la salida del ministro.

La crisis también ha provocado cuestionamientos desde sectores del oficialismo, aunque sus representantes han privilegiado la presentación de iniciativas legales destinadas a restringir los beneficios.

Tres decretos por secuestro y tortura

La información fue revelada por BioBioChile a partir de un oficio de la Subsecretaría de Justicia, encabezada por Luis Silva.

El documento registra tres decretos de reducción de condena dictados desde el 11 de marzo por delitos de secuestro calificado y tortura.

Dos corresponden a personas recluidas en el Centro de Detención Preventiva de Til Til, conocido como Punta Peuco. Una fue condenada por secuestro calificado y la otra por tortura.

El tercer decreto corresponde a otra condena por secuestro calificado, pero los antecedentes difundidos no identifican el establecimiento penitenciario del beneficiario.

Tampoco se han publicado los nombres de las tres personas, las causas judiciales específicas ni el tiempo de condena que les fue descontado.

Esta falta de información impide establecer, por ahora, los efectos concretos de las resoluciones y si alguno de los beneficiados se encuentra próximo a recuperar su libertad.

La Ley 19.856 contempla mecanismos de reducción de condena por comportamiento sobresaliente, sujetos a requisitos y exclusiones legales. Su aplicación exige revisar los antecedentes penitenciarios y jurídicos de cada postulante.

El Ministerio de Justicia sostiene que, cuando se cumplen esas condiciones, corresponde conceder el beneficio.

Sin embargo, el hecho de que los decretos hayan sido dictados por la administración no elimina la necesidad de conocer sus fundamentos ni de establecer si se aplicaron correctamente las normas correspondientes.

Uno de los beneficiados por las decisiones del Ministerio de Justicia es César Luis Acuña Luengo, exagente de la CNI condenado por el secuestro calificado de cinco integrantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, considerados los últimos detenidos desaparecidos de la dictadura. Según reveló BioBioChile, mediante un decreto firmado el 20 de mayo de 2026 por el subsecretario Pablo Mira Hurtado, en calidad de ministro subrogante, se le descontaron 19 meses de una condena de diez años y un día, adelantando su fecha de término desde mayo de 2027 hasta octubre de 2025.

Las víctimas —Julián Peña Maltés, Alejandro Pinochet Arenas, Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida Navarrete y Julio Muñoz Otárola— fueron secuestradas en septiembre de 1987 por agentes de la CNI y posteriormente arrojadas al mar frente a Quintay; sus restos nunca fueron encontrados. El decreto invocó jurisprudencia de la Corte Suprema para justificar el beneficio, aunque la Corte de Apelaciones solo había ordenado al ministerio pronunciarse sobre la solicitud, no concederla. El abogado Francisco Bustos, del estudio Caucoto, denunció que los familiares de las víctimas no fueron informados de la postulación ni de la resolución. La rebaja situó el término de la pena antes de la fecha del propio decreto, por lo que corresponde esclarecer cuándo se produjo efectivamente la excarcelación del condenado.

Rabat defiende las rebajas y cita a gobiernos anteriores

Consultado por los decretos de Punta Peuco, Rabat reconoció su existencia y sostuvo que se trata de beneficios contemplados en la legislación chilena.

El ministro afirmó que durante los últimos veinte años distintas administraciones concedieron reducciones de condena a militares y exagentes condenados.

También señaló que, durante el gobierno de Gabriel Boric, se rechazaron solicitudes que posteriormente habrían sido acogidas por la Corte Suprema.

Su argumento es que el Ministerio de Justicia no puede excluir arbitrariamente a determinados grupos cuando la legislación reconoce la posibilidad de solicitar un beneficio.

La explicación abre una discusión jurídica que no puede resolverse solamente a partir de las declaraciones políticas.

Las normas sobre reducción de condenas deben examinarse junto con las obligaciones del Estado respecto de las graves violaciones de derechos humanos, especialmente cuando se trata de crímenes cometidos durante la dictadura.

La prohibición de la impunidad y el deber de cumplir efectivamente las sanciones por graves violaciones de derechos humanos constituyen elementos relevantes del derecho internacional. Sin embargo, determinar si una reducción concreta de pena vulnera esas obligaciones requiere conocer la naturaleza del delito, las condiciones del beneficio y sus efectos sobre el cumplimiento de la condena.

Por ahora, esos antecedentes no están disponibles públicamente en los tres casos cuestionados.

La discusión tampoco debe confundir una reducción de condena con un indulto. Se trata de instituciones jurídicas distintas, aunque ambas pueden modificar el tiempo efectivo de privación de libertad.

El ministro que defendió a Augusto Pinochet

La revelación sobre Punta Peuco adquiere una dimensión política particular por la trayectoria profesional de Fernando Rabat.

Antes de ingresar al gabinete de Kast, el actual ministro integró el equipo de abogados que defendió a Augusto Pinochet en distintas causas judiciales.

Como integrante del estudio Rodríguez, Vergara y Compañía, participó en la defensa del exdictador en procesos relacionados con la Operación Colombo y el caso Riggs.

La Operación Colombo fue una operación de desinformación organizada por la DINA en 1975 para encubrir la desaparición de 119 opositores a la dictadura.

El caso Riggs, por su parte, investigó el origen y movimiento de fondos vinculados a Pinochet, así como delitos económicos asociados a su patrimonio.

Rabat también participó, junto con Pablo Rodríguez Grez, en la representación de Lucía Hiriart ante la Corte Suprema, en gestiones relacionadas con el decomiso de bienes y recursos del exdictador.

Pablo Rodríguez, fallecido en diciembre de 2025, fue uno de los fundadores del movimiento Patria y Libertad, organización de extrema derecha que desarrolló acciones de sabotaje contra el gobierno de Salvador Allende.

La participación de Rabat en la defensa jurídica de Pinochet constituye un antecedente profesional documentado. Por sí misma, no demuestra que las decisiones adoptadas ahora como ministro sean ilegales ni que hayan respondido a motivaciones personales.

Pero el antecedente sí tiene importancia política e institucional.

Rabat no ocupa actualmente el papel de abogado defensor de un particular. Dirige el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, una cartera responsable de ejecutar políticas públicas y cumplir las obligaciones del Estado frente a las víctimas de graves violaciones de derechos humanos.

Es precisamente esa transición desde la defensa privada hacia la responsabilidad pública la que ha vuelto a instalar el debate sobre su nombramiento.

Las advertencias comenzaron antes de asumir

Las organizaciones de derechos humanos cuestionaron la designación de Rabat desde enero, cuando Kast anunció la composición de su gabinete.

Agrupaciones de familiares de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos rechazaron entonces que el Ministerio de Justicia quedara bajo la conducción de un abogado que había integrado la defensa de Pinochet.

Sus críticas se relacionaban con la preocupación por eventuales cambios en las políticas de memoria, verdad, justicia y reparación.

En marzo, más de un centenar de organizaciones reiteraron su rechazo a los nombramientos de Rabat y del ministro de Defensa, Fernando Barros, quien también participó en la defensa del exdictador.

Aquellas objeciones fueron formuladas antes de conocerse los decretos de reducción de condenas.

Ahora, la confirmación de beneficios para internos de Punta Peuco devuelve esas advertencias al centro de la discusión pública.

La cuestión política no consiste en atribuir automáticamente al ministro una intención de favorecer a antiguos agentes de la dictadura. Consiste en determinar si el Ministerio aplicó criterios jurídicos consistentes, transparentes y compatibles con las obligaciones del Estado, y si las autoridades adoptaron resguardos suficientes frente a posibles conflictos de interés.

Hasta ahora, no se ha acreditado que Rabat haya mantenido una relación profesional con los beneficiarios específicos de los decretos.

Por eso resulta indispensable conocer sus identidades, las causas judiciales y los antecedentes utilizados para resolver las solicitudes.

El pasado de Kast y la discusión sobre Punta Peuco

La controversia también alcanza al Presidente de la República.

José Antonio Kast ha expresado públicamente, a lo largo de su trayectoria política, posiciones favorables a distintos aspectos del régimen militar y ha cuestionado el tratamiento judicial y penitenciario de antiguos agentes condenados.

En 2017 visitó Punta Peuco durante su campaña presidencial y sostuvo que debía garantizarse justicia a los militares y civiles condenados.

Esas posiciones forman parte de su trayectoria política y explican por qué las decisiones actuales del Ministerio de Justicia generan una atención especial.

No obstante, la responsabilidad presidencial respecto de los decretos debe examinarse a partir de los procedimientos administrativos efectivamente utilizados.

Las reducciones se conceden mediante decretos exentos dictados bajo la fórmula «Por orden del Presidente de la República», dentro de las facultades delegadas a la autoridad ministerial.

Esa fórmula no demuestra que Kast haya revisado personalmente cada expediente.

De hecho, Rabat señaló que el Presidente no estaba informado de las resoluciones específicas cuando estalló la controversia.

La distinción es relevante: una cosa es la responsabilidad política general del Gobierno y otra la participación concreta del mandatario en decisiones administrativas particulares.

Sin embargo, una vez conocidos los antecedentes, corresponde al Ejecutivo explicar si respalda los criterios aplicados y qué medidas adoptará para revisar las resoluciones cuestionadas.

La acusación constitucional entra en escena

El conflicto ha comenzado a trasladarse al Congreso.

El jefe de bancada de la Democracia Cristiana, diputado Jorge Díaz, anunció conversaciones con otras fuerzas de oposición y con el Partido de la Gente para evaluar una acusación constitucional contra Fernando Rabat.

La iniciativa se fundamentaría en las rebajas de condena concedidas tanto a agresores sexuales de menores como a personas condenadas por graves violaciones de derechos humanos.

El diputado socialista Daniel Manouchehri también ha planteado que existen antecedentes que justifican estudiar la responsabilidad constitucional del ministro.

Desde el Frente Amplio se ha exigido su renuncia, mientras parlamentarios del Partido Comunista solicitaron una sesión especial de la Cámara para examinar los hechos.

La presentación de una acusación constitucional todavía no está confirmada. Se encuentra en una etapa de evaluación política y jurídica.

Para prosperar, una acusación contra un ministro de Estado debe fundarse en causales previstas por la Constitución, como infringirla, dejar las leyes sin ejecución o cometer determinadas infracciones en el ejercicio de sus funciones.

La Cámara de Diputadas y Diputados debe pronunciarse sobre su admisibilidad y procedencia conforme al procedimiento constitucional. Si la acusación es aprobada, corresponde al Senado actuar como jurado y resolverla.

En consecuencia, la controversia pública o la desaprobación política de una decisión no bastan por sí solas para establecer responsabilidad constitucional.

Quienes promuevan la acusación deberán identificar las normas presuntamente infringidas y explicar de qué manera las decisiones ministeriales configurarían alguna de las causales establecidas.

El ministro, por su parte, tendrá derecho a presentar su defensa y los antecedentes que respalden la legalidad de sus actuaciones.

La presión también proviene del oficialismo

La situación presenta dificultades políticas para el Gobierno porque las críticas no se limitan a la oposición.

La presidenta del Senado, Paulina Núñez, de Renovación Nacional, presentó una iniciativa para restringir el acceso a reducciones de condena en determinados casos de delitos sexuales contra menores.

La excandidata presidencial Evelyn Matthei también manifestó su desacuerdo con los decretos concedidos a condenados por esos delitos.

Otros representantes de la derecha han planteado que la legislación debe modificarse para impedir nuevas rebajas.

Estas posiciones no equivalen necesariamente a un cuestionamiento integral de la gestión de Rabat. Algunos parlamentarios respaldan la interpretación jurídica del Gobierno, pero consideran necesario cambiar las normas.

Sin embargo, revelan una tensión política para un Ejecutivo que ha situado el endurecimiento de las penas y la seguridad pública entre sus principales compromisos.

El problema se agrava porque el debate reúne situaciones jurídicamente distintas: delitos sexuales contra menores, secuestros calificados y torturas cometidos durante la dictadura.

Aunque todos los casos involucren mecanismos de reducción de condena, las reglas aplicables y las obligaciones estatales pueden variar.

Por eso, una reforma legislativa anunciada para enfrentar las rebajas a agresores sexuales no resolvería necesariamente la controversia sobre condenados por crímenes de la dictadura.

El Partido Socialista exige revisar los decretos

El Partido Socialista emitió una declaración pública solicitando revisar e invalidar las resoluciones que beneficiaron a condenados por delitos sexuales contra menores y a responsables de violaciones de derechos humanos.

La colectividad destacó especialmente el pasado de Rabat como abogado de Pinochet y cuestionó que su ministerio haya adoptado estas decisiones.

La petición de invalidación abre otro frente jurídico.

Los decretos administrativos no pueden dejarse sin efecto exclusivamente porque provoquen rechazo político. Su eventual invalidación requiere identificar vicios de legalidad y respetar los procedimientos y derechos que correspondan.

También podrían ser objeto de revisión por la Contraloría o de impugnaciones judiciales, dependiendo de sus características y fundamentos.

La exigencia socialista apunta, por tanto, a que el Ejecutivo publique los antecedentes y determine si existen razones jurídicas para revisar las resoluciones.

Ese examen deberá distinguir entre las decisiones administrativas válidamente adoptadas y aquellas que eventualmente pudieran presentar irregularidades.

Los antecedentes que el Gobierno debe transparentar

La crisis ha puesto en evidencia una carencia de información pública sobre las reducciones de condena.

En el caso de Punta Peuco, todavía falta conocer los nombres de los beneficiarios, los delitos y causas judiciales precisas, las fechas de las sentencias y la extensión de las rebajas.

También resulta necesario establecer qué informes emitieron las comisiones de reducción de condenas, qué verificaciones realizó la Subsecretaría de Justicia y cuáles fueron los fundamentos de los decretos firmados por Rabat.

En particular, debe aclararse si alguno de los beneficiarios tuvo vínculos profesionales anteriores con el ministro o con el estudio jurídico al que perteneció.

No existen antecedentes públicos suficientes para afirmar que haya ocurrido tal situación. Precisamente por eso, su esclarecimiento contribuiría a despejar dudas sobre la imparcialidad de las decisiones.

También corresponde establecer si las organizaciones de familiares y las víctimas fueron informadas de las resoluciones y qué mecanismos existen para examinar sus efectos.

La transparencia de los expedientes, respetando las restricciones legales pertinentes, permitiría distinguir entre una controversia por la aplicación de la ley y eventuales responsabilidades administrativas o constitucionales.

Una crisis que trasciende al ministro

El Gobierno de Kast enfrenta ahora una controversia que conecta tres asuntos políticamente sensibles: la seguridad pública, la protección de las víctimas y las políticas de memoria y justicia por los crímenes de la dictadura.

La defensa jurídica de Rabat se apoya en que el Ministerio debe aplicar la legislación vigente y respetar las decisiones de los tribunales.

Sus críticos cuestionan tanto la interpretación adoptada como el criterio administrativo que permitió conceder los beneficios.

La revelación de los decretos de Punta Peuco incorpora un elemento adicional: el pasado profesional del ministro y las advertencias que organizaciones de derechos humanos formularon cuando fue nombrado.

Ese antecedente no reemplaza la necesidad de demostrar eventuales infracciones. Pero explica por qué la discusión ha dejado de ser un problema estrictamente técnico y se ha convertido en una controversia sobre la orientación de la política de justicia y derechos humanos del Gobierno.

La posibilidad de una acusación constitucional dependerá de que la oposición logre reunir los apoyos necesarios y, sobre todo, construir una fundamentación jurídica consistente.

Mientras tanto, la continuidad de Rabat se ha transformado en un asunto político que deberá resolver el Presidente.

La pregunta inmediata es si el Gobierno hará públicos los antecedentes completos de los decretos y ofrecerá una explicación suficiente sobre sus fundamentos.

La pregunta de mayor alcance es cómo garantizar que las decisiones sobre el cumplimiento de condenas por graves violaciones de derechos humanos se adopten con independencia, respeto a la legalidad y consideración de los derechos de las víctimas.

La respuesta no puede descansar solamente en declaraciones ministeriales. Requiere documentos, procedimientos verificables y un examen institucional de las decisiones adoptadas.

 

Redacción del Clarín

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