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Starbucks cede en tribunales por suspensiones laborales e indemnizará a trabajadores suspendidos

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El avenimiento judicial podría marcar la pauta para otras empresas del rubro de la comida rápida -como McDonald’s y Burger King- que bajo la Ley de Protección al Empleo también realizaron suspensiones unilaterales a pesar de mantener sus locales operativos durante la pandemia.

 

Tras la intervención directa del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, la empresa Starbucks Coffee indemnizará a cerca de 700 trabajadores por el período de suspensión laboral que fue denunciado como ilegal por el Sindicato Starbucks durante el 15 de mayo.

 

Cabe recordar que a inicios de abril de este año y en el marco de la pandemia, la multinacional del café suspendió el contrato a cerca de un 90 por ciento de sus trabajadores tras ser una de las primeras compañías en acogerse a la Ley de Protección al Empleo impulsada por el gobierno de Sebastián Piñera.

 

En mayo de este año, el Sindicato denunción públicamente en CNN Chile la suspensión era ilegal pues “se ejerció de manera unilateral y sin previo acuerdo con sus trabajadores”.  Por su parte, la empresa señaló en el mismo medio que “desde un comienzo la compañía ha actuado estrictamente apegada a la ley, y respetando todas y cada una de las reglas y procedimientos que contiene la Ley de Protección del Empleo”. No obstante, finalmente terminó aceptando un acuerdo propuesto por el Tribunal que contempla diez cláusulas compensatorias y que ponen fin a uno de los litigios más  complejos, tras la promulgación de la cuestionada ley.




 

Tras los resultados, Andrés Giordano, presidente del Sindicato Starbucks, señala que “que la compañía cediera, que diera pie atrás con estas medidas y que compensara las remuneraciones de las y los trabajadores, demuestra que hicimos lo correcto al denunciar estas suspensiones como ilegales y que tanto Starbucks, como otras empresas en el sector de la comida rápida, abusaron de una mala legislación para ajustar sus dotaciones pese a mantenerse funcionando”.

 

¿Qué implica el acuerdo?

 

La empresa cafetera compensará a los más de 700 socios del sindicato que fueron suspendidos mediante un pago indemnizatorio cuyo monto se ha mantenido bajo reserva y que fue ennegrecido en el documento que se encuentra publicado en el Poder Judicial. Sin embargo, según la declaración pública del Sindicato Starbucks publicada en su cuenta Instagram y Twitter, el monto contempla “Una indemnización equivalente al 40% de las remuneraciones que Starbucks dejó de pagar durante la suspensión laboral. Concretamente, a la gran mayoría, se les pagará cerca de 3 remuneraciones”.

 

Según la misma declaración, la empresa se comprometió a la instauración de una Mesa de Trabajo con la organización de que permitirá evaluar en conjunto los reintegros, condiciones comunes de trabajo, medidas de higiene y seguridad. Además, en el futuro toda suspensión laboral será de mutuo acuerdo y contará con el Sindicato como ministro de fe.

 

Otro de los puntos de conflicto fue la situación de madres trabajadoras a quienes no se les respetaron sus derechos maternales durante la crisis, casos denunciados por la organización sindical durante el 28 de abril de este año. De este modo, el acuerdo fijó un permiso retroactivo con goce de sueldo para aquellas embarazadas o madres que habían dejado de percibir remuneraciones.

 

Por su parte, Francisca Cayulén, secretaria general del Sindicato Starbucks, puntualizó que “estos abusos se han extendido a lo largo de la industria completa, pero sólo en aquellas empresas con sindicato, como Starbucks, McDonald’s y Burger King, los trabajadores y trabajadoras han podido sacar la voz para defenderse”. Finalmente, Vicente Riquelme, tesorero de la organización añadió que “acá hubo abuso, autoritarismo, discriminación y falta de diálogo. Esperamos que la empresa entienda que Chile cambió, que despertó y que las cosas deben hacerse de forma distinta de ahora en adelante”.

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