Chile al Día

Corte Suprema confirma condena de militares (r) por secuestro calificado de ciudadanos uruguayos y brasileño en 1973

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En un fallo unánime, la Corte Suprema rechazó los recursos de casación interpuestos por las defensas en contra de la sentencia que condenó a dos efectivos del Ejército en retiro por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de ciudadanos uruguayos y brasileños durante los primeros días de la dictadura militar en 1973. Este fallo marca un hito en la búsqueda de justicia y verdad en los casos de violaciones a los derechos humanos cometidas durante ese oscuro período de la historia chilena.

Los hechos juzgados se remontan al 12 de septiembre de 1973, cuando un contingente militar fuertemente armado ingresó a una vivienda en la comuna de Vitacura, en Santiago, donde se encontraban los ciudadanos uruguayos Alberto Fontela Alonso y Juan Ángel Cendán Almada, así como el ciudadano brasileño Tulio Roberto Quintiliano Cardoso. Sin orden de autoridad competente y sin motivo fundado, fueron detenidos y trasladados a la Escuela Militar, donde se llevaron a cabo interrogatorios y se les privó de sus derechos. Luego, los trasladaron al Regimiento Tacna, donde se perdió todo rastro de su paradero.

El fallo de la Corte Suprema confirma la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a Jorge Luis Tapia Castillo y Rafael Francisco Ahumada Valderrama a 10 años y un día de presidio como autores de estos delitos. El tribunal desestimó los argumentos de las defensas, sosteniendo que los hechos eran reales y probados, respaldados por indicios, declaraciones y otros medios probatorios que se presentaron durante el proceso.

En este contexto, es importante destacar que la resolución de la Corte Suprema también establece que los sentenciadores no incurrieron en ningún error atribuido por las defensas y que los requisitos legales para la condena se cumplieron de manera satisfactoria. Además, se subraya que los recursos de casación interpuestos hacían referencia de manera tangencial a una norma incompatible con la causal analizada, ya que buscaban una sentencia absolutoria, lo cual no era coherente con la causal de casación invocada.




Este fallo es especialmente significativo, ya que representa un paso importante en la búsqueda de justicia para las víctimas de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura. Además de las condenas a los responsables del secuestro, se mantiene la sentencia que condena al fisco a pagar una indemnización total de $240.000.000 por concepto de daño moral a los familiares de las víctimas, reconociendo de esta manera el sufrimiento causado por estos crímenes atroces.

La resolución de la Corte Suprema refuerza el compromiso del Estado chileno con la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas, contribuyendo a la construcción de una sociedad basada en el respeto a los derechos humanos y la memoria histórica. Este fallo es un recordatorio de que los crímenes del pasado no deben jamás quedar impunes y que la lucha por la verdad y la justicia sigue siendo fundamental en la sociedad chilena.

 

 

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