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El INDH bajo Kast: quién define ahora los derechos humanos

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“Absolutamente un tinte de izquierda, y eso hay que corregirlo”. La frase utilizada por el ministro de Justicia, Fernando Rabat, para explicar la reforma que el Gobierno prepara al Instituto Nacional de Derechos Humanos probablemente sea más importante que los propios cambios anunciados.

Porque Rabat no dijo simplemente que el INDH funciona mal, que su composición necesita mayor pluralismo o que algunas de sus atribuciones deben revisarse. Identificó una orientación política de una institución autónoma y sostuvo que el Gobierno debe corregirla.

Ahí comienza un debate que excede ampliamente al Instituto. La pregunta es quién define en Chile qué institución de derechos humanos es políticamente aceptable y hasta dónde puede un gobierno modificar sus atribuciones cuando considera que su orientación ideológica es equivocada.

La cuestión adquiere todavía mayor relevancia al revisar el programa presidencial con que José Antonio Kast compitió en 2021. Cinco años atrás, el diagnóstico era sorprendentemente parecido. La solución propuesta, en cambio, era mucho más radical.




De clausurarlo a reformarlo

El programa original de Kast de 2021 no dejaba demasiado espacio para interpretaciones. Su medida número 30 proponía la “clausura del actual Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH)” y su reemplazo por otra institución. En el mismo apartado planteaba derogar la ley de exonerados políticos y limitar en el tiempo beneficios de reparación para víctimas de violaciones de derechos humanos cometidas por agentes del Estado.

El asunto reaparecía casi al final del extenso programa. La propuesta 812 planteaba reformar legalmente el Instituto “mientras siga vigente” y lo acusaba de haber tomado partido por “los violentistas” frente a Carabineros durante el estallido social.

Kast terminó moderando aquella propuesta durante la campaña de 2021 y hoy su Gobierno no plantea clausurar el organismo.

La diferencia es importante y debe ser reconocida.

Pero también lo es la continuidad del diagnóstico.

En 2021 el INDH aparecía como una institución ideologizada que debía ser reemplazada. En 2026 el ministro encargado de impulsar su reforma sostiene que tiene un “tinte de izquierda” que debe ser corregido.

Cambió considerablemente la solución. La sospecha política sobre la institución sobrevivió.

Qué quiere cambiar el Gobierno

El anteproyecto descrito por Rabat apunta a dos aspectos particularmente sensibles: la composición del Instituto y sus facultades.

El Gobierno sostiene que la sociedad civil está mal representada en el organismo y pretende modificar la estructura de su Consejo. Al mismo tiempo, propone restringir su capacidad de intervenir judicialmente mediante querellas.

No es una discusión menor. La facultad querellante constituye uno de los instrumentos mediante los cuales el INDH puede pasar de observar una eventual vulneración de derechos fundamentales a intervenir frente a ella.

La cuestión, por tanto, no es solamente quiénes integran el Instituto. También es qué podrá hacer.

Y es aquí donde aparece uno de los argumentos centrales del ministro de Justicia: los Principios de París, el marco internacional aprobado por Naciones Unidas que establece los estándares para las instituciones nacionales de derechos humanos.

Qué dicen realmente los Principios de París

Rabat ha sostenido que el INDH debería aproximarse más al carácter consultivo que, en su interpretación, establecen esos principios.

Pero los documentos internacionales muestran una realidad bastante más compleja.

Los Principios de París establecen que las instituciones nacionales deben tener un mandato amplio de promoción y protección de los derechos humanos, independencia frente al poder político, pluralismo y recursos suficientes para ejercer sus funciones. Naciones Unidas destaca además que estas instituciones pueden investigar vulneraciones y actuar frente a denuncias individuales o colectivas.

Las observaciones de la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos son todavía más explícitas: cuando una institución tiene competencias para recibir y examinar denuncias, debe contar con los poderes necesarios para cumplir adecuadamente esa función, incluida la posibilidad de iniciar actuaciones por iniciativa propia.

Esto requiere una precisión.

Los Principios de París no obligan a que todas las instituciones nacionales tengan exactamente las mismas facultades ni establecen que necesariamente deban presentar querellas ante tribunales. Existen distintos modelos institucionales.

Pero tampoco establecen que una institución de derechos humanos deba limitarse a emitir opiniones y recomendaciones. Por el contrario, el sistema internacional contempla expresamente funciones de investigación, recepción de denuncias y protección efectiva.

Por eso invocar los Principios de París no resuelve el debate sobre la facultad querellante del INDH. Apenas lo abre.

Una institución independiente del poder que fiscaliza

Hay otro principio internacional que resulta todavía más relevante para la discusión chilena: la independencia.

Naciones Unidas sostiene que las instituciones nacionales de derechos humanos deben actuar independientemente de los poderes del Estado y, especialmente, del Ejecutivo.

La razón es bastante sencilla.

Una institución destinada a proteger derechos fundamentales inevitablemente deberá, en determinados momentos, observar, cuestionar o denunciar actuaciones de los propios organismos estatales. Policías, cárceles, servicios públicos y autoridades forman parte precisamente del universo que debe fiscalizar.

Por eso el INDH está destinado a ser una institución incómoda para cualquier gobierno.

Puede equivocarse. Puede funcionar mal. Su composición puede ser discutible y sus procedimientos pueden necesitar reformas. Nada en su autonomía lo convierte en una institución irreformable.

Pero existe una diferencia sustancial entre sostener que una institución debe reformarse porque funciona deficientemente y sostener que debe reformarse porque tiene una orientación ideológica que el Gobierno considera necesario “corregir”.

Rabat ha situado explícitamente la discusión en ese segundo terreno.

El problema de quién corrige a quién

Aquí aparece la paradoja institucional.

El Poder Ejecutivo considera que una institución autónoma encargada de vigilar el respeto de los derechos humanos tiene un sesgo político y propone modificar tanto su composición como algunas de sus capacidades de actuación.

Pero el INDH existe precisamente para disponer de un espacio de fiscalización independiente del gobierno de turno.

La pregunta entonces se vuelve inevitable: ¿quién determina cuál es la orientación ideológica correcta para una institución de derechos humanos?

Si un gobierno de derecha puede modificarla porque considera que tiene un “tinte de izquierda”, ¿podría un futuro gobierno de izquierda volver a transformarla porque considera que quedó inclinada hacia posiciones conservadoras?

Ese camino convertiría una institución concebida para permanecer independiente de la alternancia política en otro espacio sometido a ella.

Y los derechos humanos tienen precisamente la lógica contraria. Su protección no debería aumentar o disminuir dependiendo de quién ocupe La Moneda.

El conflicto viene de mucho antes

La revisión del programa de 2021 permite comprender que la controversia actual no nació con Fernando Rabat.

Aquel documento contenía una crítica mucho más amplia a la institucionalidad de derechos humanos. Su “Manifiesto Republicano” acusaba a sectores de izquierda de promover “visiones corruptas de derechos humanos” y describía una disputa cultural frente a organizaciones internacionales, sectores académicos, medios de comunicación y determinadas instituciones estatales.

El programa proponía además retirar a Chile del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas y revisar tratados internacionales que, a juicio de sus autores, limitaran la denominada “Supremacía Soberana” del país.

El cuestionamiento al INDH formaba parte, por tanto, de una concepción política bastante más amplia.

No era solamente una discusión administrativa sobre el funcionamiento de un organismo.

Era una discusión sobre qué interpretación de los derechos humanos debía prevalecer y sobre qué instituciones nacionales e internacionales tenían legitimidad para intervenir en su protección.

La segunda etapa

Por eso la reforma al INDH adquiere una significación especial en el momento político actual.

Tras cuatro meses concentrado en la aprobación de su megarreforma económica, Kast acaba de anunciar una segunda etapa de gobierno centrada en seguridad, crimen organizado, terrorismo, fronteras y fortalecimiento de las capacidades del Estado.

En ese contexto, reducir las atribuciones de una institución cuya función incluye precisamente observar la actuación del poder estatal deja de ser un debate institucional aislado.

Forma parte de una discusión mayor sobre los equilibrios entre seguridad y derechos.

Y allí reaparece otra vez el programa de 2021.

Aquel documento proponía simultáneamente ampliar las facultades policiales, endurecer el control migratorio, fortalecer los organismos de inteligencia y modificar profundamente el INDH.

El Gobierno de 2026 no está reproduciendo literalmente ese programa. Muchas de sus propuestas han sido moderadas y otras abandonadas.

Pero comienzan a reaparecer algunos de sus diagnósticos fundamentales.

Quién define ahora los derechos humanos

Chile puede discutir el INDH.

Puede discutir su composición, sus mecanismos de nombramiento, su representatividad, su funcionamiento, sus recursos e incluso la conveniencia de determinadas atribuciones.

Ninguna institución democrática debería quedar fuera del escrutinio público.

Pero la discusión cambia de naturaleza cuando el argumento para reformarla es que posee una orientación ideológica que el gobierno considera incorrecta.

Entonces ya no se discute solamente cómo debe funcionar el INDH.

Se comienza a discutir quién tiene la autoridad para definir cuál debe ser su orientación.

En 2021 José Antonio Kast proponía resolver el problema clausurando el Instituto. Cinco años después, su gobierno plantea conservarlo pero modificar su composición y limitar algunas de sus facultades. Es una diferencia considerable y sería incorrecto desconocerla.

Pero también sería difícil desconocer la continuidad.

El diagnóstico de una institución supuestamente capturada por la izquierda estaba escrito mucho antes de que Kast llegara a La Moneda.

Por eso la controversia que comienza probablemente será bastante más profunda que una disputa sobre una facultad querellante.

En momentos en que el Gobierno anuncia una expansión considerable de las capacidades estatales en seguridad, la discusión sobre el organismo encargado de vigilar el respeto de los derechos fundamentales adquiere una dimensión inevitablemente política.

La pregunta ya no es solamente qué INDH quiere el Gobierno.

Es otra.

 

Simón del Valle



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Simon Del Valle

Periodista

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