Chile al Día Portada

Cámara aprobó en una tarde cinco proyectos de la agenda de seguridad

Tiempo de lectura aprox: 3 minutos, 55 segundos

En el marco de la agenda de seguridad impulsada por el Gobierno y los recientes hechos de violencia, la Sala aprobó este martes cinco proyectos sobre esta materia.

El texto (boletín 15560), respaldado por 147 votos, aumenta la pena del delito de porte de armas en lugares altamente concurridos. Despachando la norma a segundo trámite al Senado. Otro proyecto aprobado es una modificación al Código Penal (boletín 15558) que modifica dos tipos relacionados al delito de secuestro.

 

Un tercer proyecto aprobado crea el delito de extorsión y permite a Gendarmería de Chile acceder al Banco Unificado de Datos para un mejor cumplimiento de sus funciones. El cuarto define el procedimiento a seguir en el caso de que un extranjero no pueda acreditar su situación migratoria regular. Por último, un quinto proyecto sanciona la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, denominado sicariato.

 

Porte de armas en lugar concurrido

La iniciativa, despachada al Senado, modifica la Ley sobre Control de Armas. Tiene su origen en el interés de contrarrestar la tendencia, verificada en los últimos años, de casos en que se usan armas de fuego o se provocan balaceras en lugares altamente concurridos.




En concreto, dispone que la pena del porte de armas de fuego y sus partes, dispositivos y piezas, realizada sin la correspondiente autorización (que actualmente parte en 3 años y un día), ahora partirá en 4 años y un día.

En cuanto a la pena por portar en lugares altamente concurridos de un arma de fuego adulterada, hoy de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, es decir, de 3 años y un día a 10 años, aumenta a presidio mayor en su grado máximo, esto es, de 15 años y un día a 20 años.

Lo anterior, sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que se cometan con esas armas.

La derecha no logró imponer su proyecto que denominó Nain Retamal

Secuestro

 

Por unanimidad de 143 votos a favor, la Sala de la Cámara aprobó, en general y en particular, una modificación al Código Penal (boletín 15558). Su objetivo es modificar dos tipos relacionados al delito de secuestro.

Hoy, se castiga con presidio mayor en su grado mínimo a medio (de 5 años y un día a 15 años) a quien retenga a una persona para obtener un rescate, imponer exigencias o arrancar decisiones. Con este proyecto, la misma pena se aplicará cuando el encierro o detención se prolongue por más de 48 hrs.

La iniciativa, que pasó ahora a segundo trámite, incrementa la pena cuando a raíz del secuestro, la víctima sea objeto de homicidio, violación, castración o lesiones graves. En tal caso, la pena partirá en presidio perpetuo (y ya no en presidio mayor en su grado máximo) e irá hasta presidio perpetuo calificado.

Cabe mencionar que el presidio perpetuo simple permite que quien reciba la sanción postule a libertad condicional tras 20 años de estar privado de libertad. El calificado, en tanto, define que solo se podrá optar a beneficios cumplidos 40 años de cárcel efectivos.

 

Gendarmería

 

Con un respaldo transversal, la Sala aprobó el proyecto que permite que Gendarmería participe en investigaciones al interior de los recintos penales (boletín 15561). La norma, despachada al Senado, establece que la institución podrá participar en carácter auxiliar de investigaciones, donde el Ministerio Público podrá impartirle instrucciones.

El informe de la Comisión de Constitución, que analizó el proyecto del Gobierno, lo presentó en la Sala el diputado Marcos Ilabaca (PS). Aquí, explicó que, con esta norma, Gendarmería intervendrá no sólo en hechos ocurridos dentro del recinto penal, sino también porque se necesita realizar investigaciones en él respecto de hechos ocurridos en otros espacios.

Junto a aquello, la iniciativa integra a Gendarmería a la Comisión de Coordinación del Sistema de Justicia Penal. El objetivo es que la institución pueda aportar al buen funcionamiento del sistema procesal penal y participar en acciones en conjunto con otras instituciones.

El proyecto también sanciona a quien, sin estar autorizado, facilite el ingreso a recintos penales de aparatos tecnológicos que permitan la comunicación con el exterior. Agrega que, si esta conducta es cometida por un empleado público para facilitar la comisión de delitos se aumentará en un grado la pena respectiva. Esto, junto a la inhabilitación absoluta perpetua para cargos u oficios públicos.

 

Migración

 

Con amplio respaldo, la Cámara aprobó el proyecto que amplía las facultades del control policial para medidas de migración y extranjería (boletín 15270).

La norma modifica la Ley 20.931, que facilita la aplicación efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo, hurto y receptación. Además, mejora la persecución penal en dichos delitos.

El texto legal amplía el control preventivo e identidad. Asimismo, dota a los funcionarios de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones (PDI) de nuevas herramientas. La idea es ayudar en la identificación de personas migrantes en calidad de irregular.

Al mismo tiempo, incluye a extranjeros con permisos de residencia vencidos. El objetivo es dar mejor cumplimiento a los procesos de regularización y expulsión contemplados en la Ley de Migraciones y Extranjería.

La propuesta regula la forma en que procederá el control de una persona que no puede acreditar el encontrarse en situación migratoria regular.

Particularmente, se define que el funcionario policial deberá trasladar al individuo para ponerlo a disposición de la Policía de Investigaciones dentro del más breve plazo. En todo caso, el tiempo para ello no podrá exceder una hora. El objetivo es corroborar su situación migratoria e iniciar los procedimientos que correspondan de conformidad a la ley.

 

Sicariato

 

Un respaldo contundente otorgó la Cámara al proyecto de ley (boletín 15559) que sanciona la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, denominado sicariato. La iniciativa se aprobó, en general y en particular, con 145 votos a favor y se derivó al Senado.

Con la modificación que se propone al Código Penal podrá castigarse a quien conspire para cometer sicariato.

En la redacción propuesta por el Gobierno se reemplazó la figura actual del sicariato. Así, se pasó de “cometerlo con ánimo de lucro” por realizarlo “por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero”.

Además, se sancionará a quien conspire para cometer el homicidio calificado. La pena será de presidio menor en su grado máximo, esto es, entre 3 años y un día a 5 años.

La norma añade que, si dicha conducta se comete en contra de un juez con competencia en lo penal, fiscal del Ministerio Público, defensor penal público, funcionarios de Carabineros e Investigaciones o de Gendarmería, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con pena de presidio menor en su grado máximo (3 años y un día a 5 años) a presidio mayor en grado mínimo (5 años y un día a 10 años).

 

 

Síguenos:
error1
fb-share-icon0
Tweet 20



Related Posts

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *