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Torres de telefonía en Aysén: El desamparo del paisaje rural

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Una veintena de pobladores de Puerto Guadal han dirigido cartas a la Municipalidad de Chile Chico y la Subsecretaría de Telecomunicaciones para saber qué hacer frente a esta acción, pero hasta hoy no cuentan con un camino claro al respecto, en un proceso que se prevé se masificará exponencialmente en los próximos años

 

Desde la seremi de Transportes a la Municipalidad de Chile Chico.    Desde la ley a las ordenanzas.  Desde Puerto Guadal, a Coyhaique y Santiago.

Extenso (y hasta ahora algo infructuoso) ha sido el deambular de un grupo de vecinos de Puerto Guadal, en la región de Aysén, que se siente afectado por la repentina instalación en un predio particular de una torre de telefonía. En la costa del lago General Carrera.

Fue un día cualquiera de fines de marzo en que se apersonaron en el sector, a menos de dos kilómetros del poblado la ruta hacia Chile Chico, trabajadores mandatados por la empresa SBA Torres Chile SpA.  El objetivo, levantar los cimientos de lo que en pocas semanas terminaría siendo una estructura de 42 metros de altura, con pararrayos y luz roja que desde su instalación ilumina permanentemente la noche guadalina.  Y decora el paisaje lacustre y montañoso del gran lago.




Ante la escasa información, por no decir nula, sobre los trabajos, la antena y sus derechos frente a esta decisión, fueron en busca de respuestas.  Peregrinaje del cual, hasta ahora, no mucho en claro han sacado.

 

Lo que sí se sabe 

El 17 de abril, una veintena de vecinos y vecinas de Puerto Guadal y los alrededores enviaron una carta a la dirección de Obras Municipales (DOM) de Chile Chico, solicitando información sobre un posible aviso que hubiere llegado a la entidad, informando sobre la instalación de la torre.  Además, requirieron la paralización del -en ese entonces- avance de la construcción. En paralelo, se comunicaron con la seremi de Transportes para conocer sus derechos en estas materias.

En la misiva, explicaron que nadie les comunicó sobre la infraestructura.

Los perjuicios para los vecinos, la comunidad y la municipalidad de Chile Chico son múltiples, afectan gravemente el valor de nuestras propiedades y sin duda afectan los intereses turísticos de la zona” señalaron en la carta.  Agregaron que esta obra tiene desde ya “un fuerte impacto ambiental sobre la flora y fauna silvestre directamente afectada, por ejemplo: carpintero magallánico (especie protegida); búho tucuquere; zorro culpeo; pitío, entre otros”.

Una tres semanas después, el 9 de mayo, el director de la DOM, Gustavo Cruces Silva, respondió a la carta aclarando que efectivamente la empresa cumplió el 10 de agosto de 2022 con la obligación legal de avisar al municipio sobre la instalación de la antena, que aplica para zonas rurales.  Y que la información a los vecinos cercanos y juntas de vecinos del sector, que establece la Ley General de Urbanismo y Construcción (LGUC), sólo sería requerida en el caso de terrenos urbanos, condición que no se cumpliría en este caso.

En efecto, la LGUC establece en su artículo 116 los criterios para este tipo de infraestructuras, gracias a la aprobación en 2012 de la Ley 20.599 que regula la instalación de antenas emisoras y transmisoras de servicios de telecomunicaciones (conocida genéricamente como Ley de Torres).

Aunque una de las interpretaciones de este acápite efectivamente flexibiliza bastante los procesos para instalar antenas en suelo rural, el 116 bis e) sí aclara que todas las torres instaladas en zonas de interés turístico tienen un régimen especial. Y éste es el caso, ya que la antena se emplaza en la Zona de Interés Turístico Chelenko.

Y en la letra f) del mismo artículo se estipula que todo proyecto bajo estas condiciones debe presentar una memoria explicativa “que indique las medidas de diseño y construcción adoptadas para armonizar la estructura con el entorno (urbano y con la arquitectura del lugar donde se emplazan”.  Esto no habría ocurrido aún tanto en términos administrativos (a la luz de los antecedentes entregados por la empresa al municipio) ni de facto, ya que hasta hoy es una estructura de metal sin diseño especial alguno que se aprecie.

Incluso el portal web de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) confirma que “tendrán un tratamiento urbanístico especial las torres que se construyan en las denominadas Zonas de Interés Turístico (ZOIT)… En estas zonas, las torres soportes de antenas deberán estar siempre mimetizadas”.

Esto fue refrendado por el director de la DOM al señalar en su carta respuesta que “si bien, como se indica,este director de Obras no tiene como atribución esencial revisar los expedientes de antenas emplazadas en zona rural, y más bien debe remitirse sálo al acto de recibir los expedientes que pretenden dar aviso de instalación de antenas, éstos deben cumplir con toda la normativa aplicable conforme a la Ley 20.599 y en este caso específico al estar emplazada en una Zona de Interés Turístico (ZOIT), deberán reunir las condiciones de diseño y construcción establecidas en la letra b) del artículo 116 bis F de la LGUC, o estar comprendidas en el catálogo a que se refiere el mismo literal”.

Más aún, esta condición es mandatoria para la propia Subtel, que en su Resolución Exenta 4264 del 23 de agosto de 2012 manifiesta que “la recepción de obras e instalaciones” de este tipo de infraestructuras “se otorgará sólo en la medida que la Subsecretaría compruebe que ellas se encuentren correctamente ejecutadas y se observe el cumplimiento de las siguientes condiciones”, exigiendo en su letra f) “que se acompañe documento que acredite que la instalación” ha cumplido el artículo 116 letra f), que es precisamente el que obliga a la armonización en ZOIT.

A la deriva

Las y los vecinos tienen claro que la normativa es difícil de interpretar para quienes se ven afectados por este tipo de infraestructuras.  Ya se han sostenido algunas reuniones con profesionales de la seremi de Transportes y la Subtel, incluida la secretaria regional ministerial subrogante Claudia Cantero, sin embargo desde el servicio se ha señalado que todo está en manos del municipio.  Pero desde esta repartición han señalado que no tienen muchas atribuciones al respecto.

Ante esta situación, se está evaluando recurrir a la Contraloría General de la República para dilucidar claramente los alcances de la legislación, tanto en términos de normas urbanísticas de distanciamiento, como de información a los vecinos y vecinas circundantes, así como la forma en que se deben involucrar los organismos competentes.  Asimismo, otra opción es presentar un requerimiento ante la Superintendencia del Medio Ambiente para establecer la posible exigencia de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental de la torre producto de estar esta obra emplazada en un área bajo protección oficial como lo es la Zona de Interés Turístico Chelenko.

Esta preocupación local tiene implicancias regionales, por la proliferación de torres de telefonía que se augura para los próximos años, tecnologías necesarias para mejorar la conectividad pero que ante la ausencia de un ordenamiento territorial consensuado y vinculante demanda de la ciudadanía mayor protagonismo en la materia.  Y también de los organismos involucrados.

Es por ello que ya se ha solicitado a la seremi de Transportes realizar talleres a la comunidad para conocer sus derechos ante un problema que amenaza volverse crítico en el futuro, toda vez que el paisaje es, también, uno de los principales activos económicos de una región como Aysén, en la Patagonia.

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  1. Renato Alvarado Vidal says:

    Creo que los vecinos deberían argumentar mejor su reclamo; así como está presentado da la impresión que un vecino con intereses turísticos podría pedir la demolición de mi casa si considera que desentona con su idea de paisaje; y ese argumento del supuesto daño a los pájaros parece un rezago de esos grupos ambientalistas que fueron tan populares durante la Convención Constitucional.
    Si los daños son reales no debería ser difícil demostrarlos.

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