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Corte Suprema ordena revisar los traslados de presos mapuches fuera de La Araucanía

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Los presos mapuches Máximo Queipul Huenchullán, Fabián Llanca Nahuelpi y Joaquín Huenchullán Queipul, que se encontraban en prisión preventiva en el penal de Angol, fueron enviados a otros recintos carcelarios sin la autorización del juez de garantía competente, según denunciaron sus defensores mediante recursos de amparo.

La Segunda Sala del máximo tribunal acogió el miércoles los recursos y confirmó que se vulneraron las garantías constitucionales de los amparados, al no respetarse el debido proceso ni el derecho a ser oído por el juez que ordenó la medida cautelar.

Además, dispuso que el juez de garantía cite a una audiencia para discutir los traslados y escuchar las alegaciones de las partes involucradas, especialmente de los afectados y sus abogados.

Gendarmería de Chile, la institución recurrida, argumentó que los traslados se debieron a la gravedad de los hechos que se les imputan a los internos, relacionados con actos de violencia rural en la zona. Sin embargo, no especificó las razones por las cuales no pudo esperar el pronunciamiento del tribunal antes de ejecutar la medida.




Los fallos de la Corte Suprema señalan que esta decisión arbitraria e ilegal atenta contra el principio de proporcionalidad y el respeto a la diversidad cultural de los pueblos originarios. Asimismo, recuerdan que los internos mapuches tienen derecho a permanecer en establecimientos cercanos a sus comunidades y familias, según lo establecido por el Convenio 169 de la OIT.

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