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Piñera es el único jefe de Estado chileno que podría ser destituido por el Senado

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La acusación es política, por consiguiente, si se investigan, en primer lugar, los antecedentes históricos y, en segundo lugar, el contexto de la Constitución de 1925, podríamos recordar que en la época de la Colonia, los juicios de residencia en contra de los gobernadores, y en los 200 años, de la Junta Nacional de Gobierno, ha habido pocos casos de acusaciones constitucionales contra los presidentes de la República. En el conflictivo siglo XIX, marcado por guerras civiles y luchas intestinas, sólo se presentó una acusación constitucional contra el autoritario presidente Manuel Montt, pero no ejercía dicho cargo, pues era presidente de la Corte Suprema de Justicia.

En el siglo XX, se presentó una acusación constitucional contra el ex Presidente Carlos Ibáñez del Campo, que se encontraba en el exilio. Durante su gobierno planteó que había llegado el momento de la rendición de cuentas y aplicación del “termocauterio por arriba y por abajo”, es decir, la persecución tanto de aristócratas, como a dirigentes populares opositores a su gobierno, pero a diferencia de Augusto Pinochet, que se enriqueció a costa de robos y negocios turbios durante sus 17 años de años de dictadura, a  Ibáñez no se le comprobó enriquecimiento ilícito alguno.

Ibáñez, durante su mandato, exilió a la mayoría de sus enemigos políticos, principalmente a los Alessandri. En la crisis de 1929, que comenzó en Estados Unidos, Chile, un país que vivía prácticamente de los impuestos al salitre, lógicamente fue el país del área que más sufrió las consecuencias del derrumbe bursátil. En 1931 Ibáñez fue obligado a renunciar debido a la rebelión de los estudiantes universitarios, cuyo balance fue la muerte de un profesor y un estudiante. La generación de la década de los años 30 marcó la historia política de Chile, (Salvador Allende es uno de los personajes de esa época).

En el “parlamento termal”, (llamado así porque Ibáñez convocó a los jefes de partidos políticos para que presentaran sólo un candidato al Congreso a fin de evitar las elecciones populares, y en esa época el Presidente dictador veraneaba en las Termas de Chillán), se gestaron los sillones del Congreso:  los jefes de Partido eran tan ambiciosos que, presionados por su propia oligarquía feudal, presentaron como candidatos a cuanto “fresco y oportunista” había en el ambiente; Ibáñez, conociendo sus intenciones manifestó, al ser presentado un mamarracho político, “a usted no, pues ya tocó camioneta”; uno de los nombrados fue Gabriel González Videla, izquierdista, del Partido Radical, por ejemplo, en ese entonces ganó a dedo un sillón parlamentario . (Más tarde, Ibáñez fue destituido por el Senado, en una acusación constitucional debido a sus actuaciones en su dictadura, siendo el único Presidente, claro está, en el exilio, que ha sido destituido en Chile).




La segunda acusación constitucional de un Presidente, en el siglo XX, se hizo contra don Arturo Alessandri Palma, en su segundo mandato, debido a la “Matanza del Seguro Obrero”. El punto central del libelo acusatorio tenía como base el que Alessandri había dado la orden de liquidar a todos los ”nacis” que se encontraban en el edificio del Seguro Obrero, lo cual, en los hechos, ocurrió, (recordemos que al ser políticas las acusaciones constitucionales, poco tiene que ver el Código Penal), y cuando el Presidente tiene mayoría en el Senado, se asegura el rechazo; en este caso, Alessandri tenía mayoría en ambas Cámaras, por consiguiente, la acusación no prosperó.

Sebastián Piñera puede convertirse en el primer Presidente en ejercicio en ser destituido por el Senado, (institución que actúa como jurado). Ya está claro que, en la Cámara se completarán los 2/3 necesarios para que la Cámara fiscalizadora pueda presentar el libelo acusatorio ante el Senado. El problema radica en la Cámara Alta, que necesita 2/3, es decir, 29 senadores para aprobar la destitución del Presidente Piñera y, hasta ahora, la oposición necesita del voto de cinco senadores de gobierno para declarar la vacancia el orden de precedencia indica al ministro del interior Rodrigo Delgado

Los dos capítulos posibles del libelo acusatorio dicen relación con atropellar el honor de la nación debido a la importancia internacional que ha tenido la intervención de la familia del Presidente en la venta de sus acciones mayoritarias en la empresa minera Dominga, proyecto que destruiría el medio ambiente de un santuario de la naturaleza, por la aniquilación de la fauna, (pingüinos, delfines, ballenas, zorros, especie camélidos y otra gran variedad de animales) y la  violación del artículo 8  sobre la probidad  de  los empleados del estado

A Sebastián Piñera le está lloviendo sobre mojado: los dos argumentos para su defensa residían, especialmente, en “la cosa juzgada”, mediante un fallo, presentado por el fiscal Manuel Guerra ante una jueza de Garantía, quien lo sobreseyó, fallo que luego fue ratificado por la Corte Suprema.

El escándalo a través de la prensa internacional fue tan poderoso que el fiscal nacional se vio forzado a ordenar la indagatoria por parte de los fiscales anticorrupción, encabezados por la fiscal de esta área del Ministerio Público, Marta Herrera quien, a su vez,  nominó a la fiscal de Valparaíso,  que se ha encargado de la investigación, Claudia Perivancich.

Según la Fiscal Jefa  de esta repartición, el ex fiscal Manuel Guerra no había considerado en la querella algunos aspectos del caso minera Dominga, pues la querella del diputado Hugo Gutiérrez, según ella, estaba centrada en el caso de la empresa  peruana Exalmar, como también de la termoeléctrica que debía ser instalada en Barrancones, en el mismo lugar en el cual se instalaría la minera Dominga, (negocio dado de baja por el empresario Juan Claro, a petición del Presidente Sebastián Piñera, y Claro, mediante un simple telefonazo al gerente de la Compañía Suez, bastó para que en  Barrancones no se instalara en esa zona protegida por el medio ambiente; ´¿Quién podría responder que no, al Presidente, con todo su poder monárquico?´).

El fiscal Manuel Guerra, según la jefa de la Fiscalía Anticorrupción, Marta Herrera, los diez tomos con la investigación del ex fiscal del caso, solamente incluía una promesa de compraventa y no los detalles del Contrato, firmado en el paraíso fiscal de Islas Vírgenes Británicas, sobre todo, el último párrafo, que contenía la obligación del  vendedor, (familia Piñera), de que en el caso de declararse “santuario de la naturaleza”, o bien, se instalara un parque nacional, el comprador, Carlos Alberto Délano, no pagaría los restantes 9 millones de dólares, correspondientes a  la cuota final.

De comprobarse esta anomalía, la familia Piñera, incluido el Presidente de la República, sería pasible de los siguientes delitos: cohecho, soborno y delitos tributarios . La pena por cohecho, en el caso de un funcionario fiscal – el primer empleado de la nación –  podría ser condenada a cinco años y un día de prisión.

En cuanto a la prescripción de los presuntos delitos económicos, corresponde a cinco años para esta forma de burlar la ley que, ciertamente, tendría que ser revisada por la fiscal a cargo del caso.

Los ciudadanos comunes tendrían que ser “el rey de los huevones”, para creer que el Presidente no supo que sus hijos iban a tener beneficios por 130 millones de dólares en un negocio pactado con su íntimo amigo, (y compañero de secundaria en el Colegio Verbo Divino), a quien visitó, hace pocos años en la cárcel cuando se indagaba sobre sus turbios negocios a través del Grupo Penta.

El director del Servicio de Impuestos Internos (SII), también se ha comprometido a investigar la situación tributaria de la familia Piñera, pues es indudable que los paraísos fiscales  constituye la forma predilecta de ricos y famosos para evadir impuestos en los países en que residen.

Aún resuenan las frases del ex fiscal Carlos Gajardo, citando a su padre: “ingenuo hasta las doce del día”. Y refiriéndose a Carlos Eugenio Lavín y Carlos Alberto Délano, (del Grupo Penta), anunció que “eran una máquina para defraudar al fisco”.

Rafael Luis Gumucio Rivas (El Viejo)

09/10/2021

 

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Historiador y cronista

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  1. ES LICITO QUE LA DERECHA , REALICE UN CADENA NACIONAL , PARA DEFENDER A UN ACUSADO INTERNACIONALMENTE Y AHORA EN CHILE…..¿ QUE DICE SEÑOR ATRIA , SRA. PAMELA JILES….?

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